PEX N.º 265103/22. La presentación ante el Consejo de la Magistratura señala a la defensora oficial Marcela Isabel Sánchez Peralta y menciona también al fiscal Gustavo Robineau, al fiscal Carlos José Lértora y la actuación del Tribunal Oral Penal N.º 1.
La defensa de Lautaro Valentín Sánchez Martínez pidió que se investigue la actuación de funcionarios judiciales a los que cuestiona por su intervención durante distintas etapas de la causa que terminó con una condena de cuatro años de prisión efectiva.
El planteo fue presentado ante el Consejo de la Magistratura y alcanza principalmente a la defensora oficial penal Marcela Isabel Sánchez Peralta, aunque también menciona al fiscal de instrucción Gustavo Robineau, al fiscal de Cámara Carlos José Lértora y cuestiona la actuación del Tribunal Oral Penal N.º 1 de Corrientes.
La presentación sostiene que durante la investigación y el juicio se produjeron situaciones que deben ser examinadas por los organismos competentes y plantea dudas sobre las condiciones en que se desarrolló el procedimiento.
Entre los hechos señalados aparecen la intervención de la defensora oficial desde las primeras horas posteriores al siniestro, reuniones con autoridades policiales, comunicaciones durante el debate oral y un presunto episodio de intimidación a una testigo.
La denuncia fue promovida por Laura Andrea Medina, madre de Sánchez Martínez, y pone el foco en la intervención de Sánchez Peralta, a quien atribuye un vínculo de parentesco con personas relacionadas con las víctimas.
Según la presentación, la funcionaria habría participado en actuaciones del caso pese a no integrar formalmente la querella.
La denuncia señala que estuvo en el Hospital Escuela junto al fiscal de instrucción Gustavo Robineau poco después del siniestro y que intervino en el traslado del imputado a Medicina Legal cuando todavía no contaba con el alta médica formal.
También menciona reuniones realizadas “a puerta cerrada” con autoridades policiales durante la etapa de recolección de pruebas. La defensa reclama que estas circunstancias sean investigadas y que se determine si la intervención de la funcionaria se ajustó a las reglas correspondientes.
Los cuestionamientos se extienden al juicio oral. La defensa sostiene que durante el debate observó intercambios de mensajes y conversaciones al oído entre Sánchez Peralta y el fiscal de Cámara Carlos José Lértora.
También denunció un presunto episodio de intimidación contra la inspectora de tránsito Juana Coria durante un cuarto intermedio. A su vez, cuestionó que el Tribunal Oral Penal N.º 1 permitiera la presencia y participación de la defensora oficial en las condiciones señaladas, debido a que, según la presentación, no integraba formalmente la querella.
Cabe remarcar que la acusación formulada por la defensa no implica por sí misma una determinación de responsabilidad de los funcionarios mencionados, sino un pedido para que los hechos sean examinados y se establezca si existieron conductas incompatibles con las reglas del proceso.
OBJECIONES AL DESARROLLO DE LA CAUSA
Los cuestionamientos no se limitan a la actuación de funcionarios. La defensa sostiene que el procedimiento también presenta diferencias importantes en el tratamiento de las pruebas utilizadas para fundamentar la condena. Uno de los principales puntos se refiere a la velocidad del vehículo.
El planteo menciona pericias que estimaron aproximadamente 72 y 77 kilómetros por hora, además de una fotografía del velocímetro enviada por una de las víctimas a las 3.51.
La sentencia, en cambio, tomó como referencia una pericia policial que estableció una velocidad de 139 kilómetros por hora. La defensa cuestiona esa diferencia y señala que la profesional que realizó la pericia policial no fue convocada al juicio para explicar el resultado. Según el planteo, esta divergencia debía ser discutida durante el debate y valorada junto con el resto de las pruebas.
También se cuestiona el tratamiento de la hipótesis sobre la intervención de un tercer vehículo. La defensa sostiene que los testimonios del imputado, de la víctima sobreviviente y de la inspectora Juana Coria, junto con un raspón rojo en la puerta de un Nissan Tiida, respaldaban la posibilidad de que un automóvil de ese color hubiera cerrado el paso y provocado una maniobra evasiva.
Según el planteo, esta hipótesis fue descartada durante el proceso. La defensa considera que el elemento debía ser analizado dentro de la reconstrucción del siniestro, ya que podría modificar la explicación sobre la maniobra que precedió al impacto. Esta cuestión es presentada junto con las demás objeciones como parte de una crítica general al modo en que fueron consideradas las pruebas durante el juicio.
Otro de los cuestionamientos se refiere a la gravedad de las lesiones y a la habilitación para conducir. La defensa cita la historia clínica de egreso del Hospital Escuela, donde se habría consignado que el paciente recibió el alta sin fracturas ni lesiones de gravedad, y sostiene que esa documentación debía ser confrontada con la calificación de las lesiones utilizada en la condena.
Respecto del carnet de conducir, señala que una actuación ante la UFIC N.º 4 habría establecido la existencia de un permiso vigente, mientras que la condena mantuvo el agravante relacionado con la falta de habilitación a partir de una licencia vencida encontrada en la guantera. La defensa sostiene que ambos aspectos fueron valorados de manera insuficiente y los incorpora entre los fundamentos de su pedido de revisión.
EL PEDIDO ANTE EL SUPERIOR TRIBUNAL
En paralelo con la denuncia contra los funcionarios, la defensa presentó ante el Superior Tribunal de Justicia un planteo que incluye una recusación, pero que debe diferenciarse de cualquier pedido de apartamiento contra los jueces que dictaron la condena.
La recusación mencionada en el escrito está dirigida a integrantes del propio Superior Tribunal de Justicia que, según la defensa, quedarían alcanzados por el planteo relacionado con el precedente “Sotelo” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El planteo cuestiona la estructura y actuación del Ministerio Público y sostiene que las funciones de fiscales y defensores oficiales deben mantenerse claramente diferenciadas. Por ese motivo, la defensa pidió que los magistrados alcanzados por esa cuestión sean apartados de la intervención en la revisión del expediente.
La defensa solicitó además que se suspenda el trámite hacia una sentencia definitiva y que se incorporen como hechos nuevos las circunstancias surgidas de la denuncia presentada ante el Consejo de la Magistratura.
El objetivo es que los cuestionamientos sobre la actuación de los funcionarios sean considerados antes de que el Superior Tribunal resuelva sobre la situación de Sánchez Martínez. El planteo busca que se analicen las actuaciones de la defensora oficial, los fiscales mencionados y la respuesta del Tribunal Oral Penal N.º 1 frente a las situaciones denunciadas. La defensa sostiene que estas cuestiones deben ser esclarecidas antes de avanzar hacia una decisión definitiva sobre una condena que considera afectada por irregularidades en el procedimiento.
Como pedido principal, la defensa solicitó que se declare la nulidad del juicio oral y de la condena. En forma alternativa, pidió que la sentencia sea revocada y que Sánchez Martínez sea absuelto, invocando el principio de inocencia y la duda favorable al imputado.
También dejó planteada la reserva del caso federal para recurrir ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación si una decisión provincial mantiene la condena.