Corrientes, miercoles 12 de agosto de 2026

Política País
TRANSPORTE AÉREO

El Gobierno autorizó nuevos vuelos de cabotaje e internacionales y amplió el mercado aerocomercial

12-08-2026
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VUELOS. Tras recibir la habilitación correspondiente, la firma deberá cumplir pasos de certificación antes de lanzar sus servicios para pasajeros y carga

El Gobierno nacional autorizó a Continental Flight Services S.A. a prestar servicios de transporte aéreo no regular de pasajeros y cargas, tanto dentro de la Argentina como en rutas internacionales. La medida fue oficializada mediante la Disposición 20/2026 de la Subsecretaría de Transporte Aéreo, dependiente del Ministerio de Economía.

La autorización permite a la compañía desarrollar operaciones de transporte aéreo no regular, bajo las condiciones establecidas por el Código Aeronáutico, el Reglamento de Acceso a los Mercados Aerocomerciales y el resto de la normativa vigente para la actividad.

La disposición fue firmada por el subsecretario de Transporte Aéreo, Hernán Adrián Gómez, y establece el marco bajo el cual la empresa podrá solicitar y desarrollar este tipo de servicios. La habilitación comprende vuelos internos e internacionales, con transporte combinado de pasajeros y carga.

De acuerdo con la Disposición 20/2026, Continental Flight Services S.A. quedó autorizada para explotar servicios no regulares de transporte aéreo de pasajeros y cargas, tanto en el ámbito interno como en operaciones internacionales.

La normativa contempla la posibilidad de que la compañía realice el traslado de pasajeros y mercaderías de manera combinada. Se trata de servicios que no responden necesariamente a una programación regular de vuelos como ocurre con las operaciones comerciales tradicionales de las aerolíneas que cuentan con frecuencias establecidas.

La autorización se encuentra sujeta a las disposiciones del Código Aeronáutico, que establece las condiciones generales para la explotación de servicios de transporte aéreo en el país. También debe ajustarse al Reglamento de Acceso a los Mercados Aerocomerciales y a las normas complementarias que regulan el funcionamiento del sector.

La medida establece así una habilitación aerocomercial para la compañía, pero no significa que pueda comenzar a realizar vuelos de manera automática desde la fecha de publicación de la disposición.

Para iniciar efectivamente sus operaciones, Continental Flight Services deberá completar los procedimientos y requisitos técnicos y administrativos correspondientes ante las autoridades aeronáuticas.

LA EMPRESA DEBERÀ COMPLETAR REQUISITOS ANTES DE INICIAR VUELOS

Uno de los puntos establecidos por la normativa es el plazo que tendrá Continental Flight Services para acreditar la emisión de sus certificados digitales de explotador.

Según la disposición, la compañía deberá acreditar la emisión de esa documentación dentro de los 180 días corridos desde la obtención de las autorizaciones aerocomerciales.

Este requisito forma parte del proceso necesario para que una empresa pueda avanzar desde la autorización comercial hacia la realización efectiva de operaciones aéreas, por lo tanto la habilitación otorgada constituye un paso dentro del procedimiento regulatorio, pero no reemplaza las certificaciones y controles que deben cumplirse antes del inicio de los vuelos.

Las operaciones deberán desarrollarse además bajo las condiciones y limitaciones que establezcan las autoridades competentes. Esto incluye:
-El cumplimiento de las normas aplicables a la seguridad operacional
-Los procedimientos aeronáuticos correspondientes
-Las condiciones previstas para los servicios de transporte aéreo
-La diferencia entre la autorización aerocomercial y el inicio efectivo de las operaciones resulta relevante para determinar cuándo una compañía puede comenzar a ofrecer vuelos al público.


Fuente: Ipro.