Corrientes, martes 11 de agosto de 2026

Sociedad Corrientes
DERECHO A LA VERDAD

El Registro confeccionó un nuevo certificado de defunción de Carlos Tereszecuk

11-08-2026
COMPARTIR     
El Registro de las Personas de Corrientes confeccionó un nuevo certificado de defunción de Carlos Tereszecuk como víctima de lesa humanidad. Es parte del cumplimiento de la sentencia por el derecho a la verdad y como reparación a los familiares.

En cumplimiento de la sentencia por el derecho a la verdad dictada por la jueza federal N.º 1 de Resistencia, Zunilda Niremperger, el Registro de las Personas de Corrientes confeccionó un nuevo certificado de defunción de Carlos Tereszecuk, quien fue secretario del Poder Legislativo de Misiones. En el documento se consignó que su cuerpo fue rescatado de las aguas del río Paraná y que se trató de un homicidio calificado como un crimen de lesa humanidad.

La inscripción del nuevo documento público es integrativa del acceso al derecho a la verdad y de la reparación a los familiares de Tereszecuk, dejando constancia en el acta, de manera clara y precisa, del hallazgo del cuerpo en el río Paraná —frente a la costa de Empedrado—, de la causa de la muerte conforme a la etiología médico-legal: homicidio, y asimismo consignando que se trató de un crimen de lesa humanidad.

Por otra parte, se ordenó y concretó la anulación del acta de defunción original del año 1976, con el objetivo de reparar, en parte, el daño causado en base al derecho a la verdad que les asiste a los familiares.

Los familiares, tanto hermanos como sobrinos, recibieron una copia del nuevo certificado de defunción, inscripto como Acta N.º 41, Tomo N.º 80, Folio N.º 41, Año 2026, de la localidad de Empedrado, Corrientes.

LA SENTENCIA POR EL DERECHO A LA VERDAD

La jueza federal N.º 1 de Resistencia, Chaco, Zunilda Niremperger, dictó a fines del año 2025 una sentencia por el derecho a la verdad, considerando un crimen de lesa humanidad el secuestro y homicidio, por razones políticas, de Carlos Tereszecuk, ocurrido a principios de noviembre de 1976.

El fallo reconstruyó que Carlos Enrique Tereszecuk fue secuestrado durante los primeros días del mes de noviembre de 1976 y llevado a la Jefatura de Policía de Resistencia, donde fue alojado en un primer piso acondicionado como Centro Clandestino de Detención, que era dirigido por fuerzas conjuntas de la Policía del Chaco y el Ejército Argentino.

Se estableció que fue asesinado y arrojado su cuerpo al río Paraná, de donde fue rescatado el 14 de noviembre de 1976, en la costa de Empedrado, Corrientes, ubicada a 70 kilómetros río abajo de la ciudad de Resistencia. Allí fue sepultado en una tumba NN e identificado en el año 2018 por el Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF).

LA SISTEMÁTICA DEL ARROJAMIENTO DE CUERPOS AL RÍO PARANÁ

La sentencia estableció que el arrojamiento de cuerpos al río Paraná fue una práctica sistemática del terrorismo de Estado y detalló un patrón común en las características de las ejecuciones y en las condiciones de los hallazgos: cuerpos desnudos, atados con alambres en manos y pies, con disparos de ejecución en el pecho o el cráneo, con las yemas de los dedos cortadas para obstaculizar su individualización y con un corte importante en el abdomen para intentar que no flotaran.

La reconstrucción de esta sistemática pudo realizarse a partir del trabajo de la Fiscalía Federal de Corrientes junto al Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF), con la identificación de los cuerpos enterrados como NN; de Rómulo Artieda, desaparecido del Centro Clandestino RI 9 de Corrientes en mayo de 1977; de Julio “Bocha” Pereyra, desaparecido en la Masacre de Margarita Belén, cometida el 13 de diciembre de 1976; y de Carlos Tereszecuk, visto con vida en la Jefatura de Resistencia de la Policía del Chaco a principios de noviembre de 1976.