Corrientes, lunes 10 de agosto de 2026

Política País
MEDIDA CAUTELAR

Nuevo fallo contra la reforma laboral suspende cambios en convenios colectivos

10-08-2026
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APOYO A LA CGT. El juez Mariano Candal hizo lugar a una medida cautelar impulsada por el sindicato de Espectáculos Públicos., por el convenio 704/14. Respaldo de la CGT.

La vigencia de ciertos artículos de la Ley de Modernización Laboral sigue siendo una incógnita ante una serie de fallos judiciales que quedan en suspenso para su efectiva aplicación. En los últimos días, se conoció la decisión del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 77, que hizo lugar a una medida cautelar impulsada por el Sindicato Único de Trabajadores del Espectáculo Público (SUTEP) y aplazó la aplicación de una serie de normas que impactaban sobre su convenio colectivo.

La resolución rechazó puntualmente los artículos 131 y 133 de la Ley 27.802 y los artículos 6 y 7 del Decreto 407/2026. Desde la organización gremial explicaron que esas disposiciones afectaban la ultraactividad de los convenios colectivos y establecían límites sobre aportes, contribuciones y fondos destinados tanto a la organización sindical como a la Asociación Mutual AMERA.

El consejo directivo encabezado por Miguel Ángel Paniagua había impulsado una acción declarativa de inconstitucionalidad contra la Cámara Argentina de Exhibidores Multipantallas (CAEM), en el marco del convenio colectivo de trabajo 704/14, acción que se encuadra en la estrategia planteada por la Confederación General del Trabajo (CGT) para afectar la reforma laboral.

Con el Decreto 612/2026, la organización gremial amplió la demanda contra su artículo 1, cuestionando la modificación de la base imponible salarial mediante la exclusión de conceptos como el sueldo anual complementario (SAC) y las horas extras, reclamo que también hicieron otros gremios en sus respectivos reclamos judiciales.

CONTINÚA EL PROCESO JUDICIAL

El titular del Juzgado Nacional del Trabajo 77, Mariano Candal, decidió hacer lugar a la cautelar y suspender la aplicación de esas disposiciones exclusivamente en relación con el convenio 704/14 mientras continúa el proceso judicial. La resolución también ordena que las cláusulas normativas y obligacionales del convenio mantengan plena vigencia y exigibilidad hasta que exista una sentencia definitiva.

Paniagua celebró el fallo judicial, apuntando que constituye un respaldo a la estrategia gremial desplegada para "proteger las conquistas laborales frente a medidas que resultan perjudiciales para el sector", en tanto que desde la CGT explicaron que las normas cuestionadas buscaban limitar la ultraactividad de los convenios colectivos, establecer topes sobre aportes y contribuciones y reducir la base de cálculo salarial al excluir conceptos como el aguinaldo y las horas extras.

Los abogados de la central obrera también se hicieron eco de los fundamentos de la resolución, donde se señala que algunas de esas limitaciones "carecen de antecedentes en el sistema argentino de relaciones colectivas" y fueron cuestionadas a la luz de los Convenios 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Asimismo, indicaron que el tribunal advirtió sobre el posible perjuicio económico para la organización sindical y el consecuente impacto sobre prestaciones sociales, asistenciales, mutuales y de capacitación destinadas a los trabajadores.

La CGT manifestó que "lo que estuvo en juego en este expediente excede a un sindicato en particular. Cuando se ataca la ultraactividad de un convenio o el financiamiento de una organización gremial, se ataca la capacidad de todo el movimiento obrero de sostener sus conquistas" y reiteró su acompañamiento a SUTEP y a las organizaciones que recurren a herramientas institucionales y judiciales para cuestionar las modificaciones laborales impulsadas por el gobierno.

Fuente: Ipro.