La diputada provincial Sofía Brambilla, junto a los legisladores Norberto Ast y Hugo Calvano, presentó un Proyecto de Declaración ante la Cámara de Diputados con el objetivo de instar al Estado Nacional a ejecutar obras de seguridad en el Puente General Manuel Belgrano, principal conexión vial entre las provincias de Corrientes y Chaco. La iniciativa se inscribe dentro de una estrategia integral de prevención orientada al cuidado de la vida, con énfasis en la implementación de medidas estructurales en infraestructuras críticas.
El proyecto solicita formalmente la intervención del Poder Ejecutivo Nacional y de la Dirección Nacional de Vialidad para que se adopten acciones concretas sobre el puente, incluyendo la instalación de barreras físicas de seguridad, el fortalecimiento del sistema de videovigilancia, mejoras en la iluminación y la presencia permanente de fuerzas de seguridad. Estas acciones se enmarcan en recomendaciones internacionales y en la normativa vigente, particularmente la Ley Nacional N° 27.130 de Prevención del Suicidio, que promueve políticas públicas activas en materia de salud mental.
En ese sentido, Brambilla subrayó el carácter técnico y basado en evidencia de la propuesta al afirmar: "Queremos que el Estado actúe con seriedad, con evidencia y con respeto a los derechos de todas las personas. La evidencia internacional demuestra que hay medidas concretas que pueden adoptarse, y proponemos que se adopten". La declaración pone de relieve la necesidad de articular políticas públicas que conjuguen infraestructura, prevención y derechos humanos, en un ámbito de alta circulación y sensibilidad social.
DETALLES DE LAS MEDIDAS PROPUESTAS
El Proyecto de Declaración establece seis ejes principales de intervención que deberán ser considerados por las autoridades nacionales. Entre ellos, se destaca la proyección y ejecución de barreras físicas de seguridad a lo largo de toda la extensión del puente, siguiendo estándares internacionales recomendados por organismos especializados, con el objetivo de reducir riesgos y reforzar la protección de las personas que transitan por el lugar.
Asimismo, se contempla la implementación de medidas transitorias durante el período de obra, como la eventual restricción del tránsito peatonal, con el fin de garantizar condiciones seguras mientras se desarrollan las intervenciones estructurales. Esta disposición se plantea como temporal y sujeta a criterios de proporcionalidad, en consonancia con el respeto de los derechos de quienes utilizan el puente de manera cotidiana.
Otro de los puntos centrales es la instalación de teléfonos de emergencia en sectores estratégicos del puente y sus accesos, los cuales estarán conectados de manera directa con líneas de atención en crisis. A esto se suma el refuerzo del sistema de videovigilancia con monitoreo permanente las veinticuatro horas, así como la mejora sustancial de la iluminación y de la señalización vial, elementos considerados clave para la prevención y la intervención temprana.
Finalmente, el proyecto propone la presencia permanente de personal de Gendarmería Nacional con capacitación específica en abordaje de situaciones críticas, en articulación con los sistemas de salud mental de las provincias de Corrientes y Chaco. Esta medida apunta a fortalecer la respuesta institucional ante eventuales emergencias, integrando recursos de seguridad y salud en un enfoque coordinado.
FUNDAMENTOS Y ENFOQUE BASADO EN DERECHOS
Los fundamentos del proyecto se apoyan en lineamientos internacionales, especialmente en la guía LIVE LIFE (2021) de la Organización Mundial de la Salud, que identifica la restricción del acceso a medios como una de las intervenciones más efectivas y costo-efectivas en políticas de prevención. En este marco, se citan antecedentes en ciudades como Toronto, Bristol, San Diego y San Francisco, donde la implementación de barreras físicas en puentes ha mostrado resultados sostenidos en la reducción de incidentes.
El texto también incorpora un análisis jurídico sobre las posibles restricciones al tránsito peatonal, indicando que cualquier limitación debe superar un test estricto de proporcionalidad conforme al artículo 14 de la Constitución Nacional, el artículo 22 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la doctrina de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. De este modo, se establece que las restricciones solo resultan admisibles si están acompañadas de obras estructurales y de garantías para los usuarios habituales.
En relación con el enfoque general de la iniciativa, Brambilla remarcó: "La iniciativa no pretende ofrecer una respuesta única ni definitiva a un fenómeno complejo que requiere miradas múltiples. Sí aspira a poner el tema en la agenda pública regional con la seriedad que merece y a fortalecer las políticas de salud mental en nuestro territorio".