El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes, en el Acuerdo Nº 5/26, aprobó el uso obligatorio de modelos estandarizados de cédulas y mandamientos para distintos fueros, con el objetivo de optimizar la gestión judicial, agilizar las comunicaciones procesales y garantizar que los ciudadanos comprendan claramente las órdenes judiciales.
La decisión se adoptó a partir de un planteo realizado en el Expediente E-2259-2025 por el Juez del Juzgado Civil y Comercial con competencia Laboral de la ciudad de Saladas, quien manifestó la existencia de dificultades operativas y criterios formales divergentes con la Dirección General de Mandamientos y Notificaciones (DGMN).
En la resolución se señala que es política institucional del Superior Tribunal de Justicia promover una gestión judicial ágil y eficaz, basada en la optimización de recursos mediante la estandarización de procesos y la despapelización.
Asimismo, se remarca que la modernización del servicio de justicia requiere incorporar el lenguaje claro en las comunicaciones, de modo que los ciudadanos destinatarios puedan comprender cabalmente las órdenes judiciales y sus consecuencias.
El acuerdo establece la obligatoriedad de utilizar los modelos estandarizados de cédula y mandamiento en los Juzgados y Tribunales Civiles y Comerciales; Concursos, Quiebras y Sociedades; Familia, Niñez y Adolescencia; Laboral; Competencia Administrativa y Justicia de Paz.
Los modelos aprobados contienen datos indispensables para garantizar el acceso a la justicia y asegurar que el destinatario comprenda adecuadamente la comunicación judicial. Además, se dispone que todo articulado que deba transcribirse en las comunicaciones deberá acompañarse como copia para traslado.
La normativa también establece la obligatoriedad del uso de herramientas tecnológicas, como enlaces de almacenamiento en la nube y códigos QR, para facilitar el traslado de copias y documentación.
Para ello, se deberá seguir el “Instructivo para la confección de cédulas con copias para traslado y documental”, que se incorpora como Anexo III del acuerdo.
El Superior Tribunal dispuso además que los profesionales, en su carácter de auxiliares de la justicia, deberán ajustarse estrictamente a los parámetros de redacción, formato, contenido y firma aprobados.
También instruyó a la Dirección General de Mandamientos y Notificaciones y a sus delegaciones a rechazar in limine todo instrumento que no cumpla con el formato establecido, devolviéndolo de inmediato sin ingresarlo al sistema ni generar trámite administrativo.
Asimismo, se indicó que las cédulas o mandamientos sin diligenciar solo podrán devolverse cuando no exista domicilio real o cuando el cumplimiento de la medida resulte imposible por normativa especial o por circunstancias de hecho en el lugar donde deba practicarse.
Finalmente, el acuerdo encomienda a la Dirección General de Mandamientos y Notificaciones, a los Juzgados y Tribunales utilizar canales de consulta ágiles para resolver dudas operativas en tiempo real, evitando devoluciones basadas únicamente en cuestiones formales cuando los instrumentos se ajusten a los modelos aprobados.
La resolución también dispone derogar toda norma reglamentaria que se oponga a lo establecido en el acuerdo.