El Ejecutivo municipal prohibió el estacionamiento de todo tipo de vehículos, de lunes a domingo entre las 08:00 y las 20:00 horas, en ambos sentidos de la Avenida Gobernador Juan Pujol desde la Plazoleta España hasta calle Caá Guazú.
El Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes dictó la Resolución Nº 149 con fecha 09 de febrero de 2026, mediante la cual dispuso la ampliación de la prohibición de estacionamiento en un tramo estratégico de la Avenida Gobernador Juan Pujol.
La medida se enmarca en las atribuciones conferidas por la Carta Orgánica Municipal y en el contexto de la Resolución Nº 5772/25, la Ordenanza Nº 7379/2023 y la Ordenanza Nº 7699/25, instrumentos que estructuran la política local en materia de movilidad urbana y ordenamiento del tránsito.
En los considerandos del acto administrativo se sostiene que “la seguridad vial tiene una significativa relevancia para el Poder Ejecutivo Municipal y que se deben tomar medidas de seguridad a fin de garantizar la seguridad tanto de vehículos como de peatones”, subrayando el carácter prioritario que el Ejecutivo otorga a la prevención de siniestros.
Asimismo, se indica que “es un objetivo claro en cuanto a políticas de seguridad vial arbitrar las medidas necesarias para consolidar una circulación segura en avenidas y calles de la ciudad”, lo que sitúa la resolución dentro de una estrategia más amplia de intervención sobre la infraestructura y las condiciones de circulación.
El documento también fundamenta la decisión en el marco de la Emergencia Vial y del Transporte, al señalar que “la Emergencia Vial y del Transporte constituye un instrumento adecuado para aplicar medidas inmediatas adoptando medidas administrativas urgentes que permitan asegurar la movilidad urbana y preservar la seguridad ciudadana”.
En ese sentido, se reconoce que, aunque “en el último año se registró una tendencia a la baja en los indicadores de siniestralidad vial a nivel nacional; no obstante, el volumen total de hechos continúa siendo elevado, lo que evidencia la necesidad de profundizar las acciones preventivas y de control”, argumento que refuerza la pertinencia de adoptar medidas adicionales en el ámbito local.
DIAGNÓSTICO URBANO Y ALCANCE DE LAS FACULTADES
Entre los fundamentos expuestos se menciona que “en el ámbito local, la variabilidad en la prestación del servicio de transporte, especialmente en horarios de mayor circulación, y las dificultades operativas detectadas generan escenarios potenciales de riesgo en intersecciones, avenidas angostas y corredores con circulación aglomerada”.
La resolución también se apoya en la Ordenanza Nº 7699/25, que en su Artículo 1º “homologa en todos sus términos la Resolución Nº 5772/24, dictada por el Departamento Ejecutivo Municipal, autorizando al Ejecutivo a revisar, controlar y modificar la distribución, usos, infraestructura y equipamiento de la estructura vial a fin de optimizar la movilidad urbana y el funcionamiento del sistema de transporte público”.
Esta habilitación normativa abarca redes viales, arterias de circulación, áreas de estacionamiento regulado y no regulado, zonas de carga y descarga, espacios afectados al sistema de estacionamiento medido y otros sectores del dominio público.
En esa línea, el Artículo 7º de la ordenanza citada “autoriza a evaluar y disponer la determinación de sentidos de circulación, prohibiciones de estacionamiento y demás medidas de ordenamiento vial en calles y avenidas de la ciudad, con carácter definitivo o provisional, de acuerdo con los requerimientos de la movilidad urbana”.
La norma otorga al Ejecutivo herramientas para introducir cambios estructurales o transitorios en función de las necesidades detectadas, facultad que sustenta la ampliación de la restricción sobre la Avenida Gobernador Juan Pujol.
MEDIDA ADOPTADA Y APLICACIÓN INMEDIATA
La Ordenanza Nº 7379/23 ya establecía la prohibición de estacionar todo tipo de vehículos entre las 08:00 y las 20:00 horas sobre determinados tramos de la Avenida Gobernador Juan Pujol.
Sin embargo, el Ejecutivo consideró que, “debido a los impedimentos mencionados y considerando que por la Avenida Gobernador Juan Pujol circulan vehículos de pequeño, mediano y gran porte, así como transporte público de pasajeros y ciclistas ocasionales, resulta necesario extender los metros lineales de la prohibición de estacionamiento desde la Rotonda España hasta calle Caá Guazú, en el mismo espacio temporal estipulado por la Ordenanza Nº 7379/23”.
En consecuencia, el Artículo Nº 1 de la Resolución Nº 149 dispone “Prohibir, ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberante, el estacionamiento de todo tipo de vehículos sobre ambos sentidos de circulación de la Avenida Gobernador Juan Pujol, desde la Plazoleta España hasta calle Caá Guazú, extendiendo el espacio lineal de la prohibición, en el mismo espacio temporal que estipula la Ordenanza Nº 7379/23, de 08:00 a 20:00 horas, de lunes a domingo”. La medida rige en ambos sentidos de circulación y amplía de manera significativa el tramo alcanzado por la restricción horaria.
El acto administrativo establece además que la Secretaría de Movilidad Urbana y Seguridad Ciudadana será la autoridad de aplicación y contralor, ordena el cumplimiento inmediato de las medidas preventivas “a fin de evitar eventuales siniestros viales” y dispone su remisión ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberante para su homologación.