La política de Seguridad Vial dispuesta en el territorio provincial se orienta a la aplicación estricta del marco legal vigente, con especial énfasis en la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 y su modificatoria N° 26.363, la Ley Orgánica Policial – Decreto Ley N° 33/00, la Ley Provincial N° 5.307 de adhesión a la normativa nacional, el Decreto Ley N° 151 sobre la obligatoriedad de luces encendidas y el Código de Faltas de la Provincia, Decreto Ley N° 124, Capítulo IV, entre otras disposiciones complementarias. Estas normas constituyen el eje regulatorio que rige la circulación vehicular y el comportamiento de los usuarios de la vía pública.
En este contexto, la misión principal de los operativos y acciones preventivas es la reducción de siniestros viales en rutas nacionales y provinciales, caminos rurales, accesos y egresos a zonas urbanizadas del territorio provincial. Las tareas incluyen controles sistemáticos sobre el estado de transitabilidad de los vehículos, la verificación de la documentación obligatoria y el cumplimiento de las condiciones de seguridad exigidas por la legislación vigente.
La Policía de la Provincia de Corrientes tiene a su cargo la implementación de estos lineamientos, articulando controles fijos y móviles en distintos puntos estratégicos. El enfoque adoptado prioriza la prevención por sobre la sanción, con el objetivo de generar conductas responsables en la conducción y reforzar la conciencia colectiva sobre la importancia del respeto a las normas de tránsito como factor determinante para la seguridad vial.
RECOMENDACIONES GENERALES PARA LA CIRCULACIÓN
En el marco de estas acciones, la fuerza policial recomienda a la población extremar las precauciones al circular por la vía pública y ajustarse de manera estricta a las normas de tránsito, promoviendo el respeto mutuo entre conductores, peatones y demás usuarios. Se insta a los conductores a informar en los controles policiales o a través de las líneas de emergencia 101 o 911 la presencia de animales sueltos en rutas, una de las principales causas de accidentes en zonas rurales y periurbanas.
Entre las pautas esenciales se destaca el uso permanente de luces bajas, la prohibición del uso de telefonía celular durante la conducción y la necesidad de evitar el encandilamiento con luces altas durante la noche. Asimismo, se subraya la importancia de respetar las velocidades máximas permitidas, no realizar adelantamientos en zonas de mala visibilidad como curvas, cimas o puentes, y abstenerse de conducir bajo los efectos del alcohol.
Las recomendaciones incluyen además la necesidad de descansar ante el menor síntoma de somnolencia, mantener las distancias reglamentarias con otros vehículos, utilizar el cinturón de seguridad en todo momento y evitar el exceso de equipaje. También se recuerda la prohibición de que menores de 10 años viajen en los asientos delanteros y la obligación de respetar las indicaciones del personal de seguridad vial y la señalización existente.
CONDICIONES VEHICULARES Y DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA
Para circular, los conductores deben contar con la documentación exigida por la normativa vigente, entre la que se incluye la cédula verde o tarjeta de identificación del vehículo, la revisión técnica obligatoria, el seguro obligatorio, las habilitaciones específicas según el tipo de vehículo y el carnet habilitante para conducir. Estas exigencias forman parte de los controles habituales y su cumplimiento resulta indispensable para garantizar condiciones mínimas de seguridad.
En lo que respecta a los vehículos, se establece el uso obligatorio de luces bajas durante las 24 horas, la utilización del cinturón de seguridad por parte de todos los ocupantes y el cumplimiento de las normas de seguridad infantil, que disponen que los menores de 13 años viajen en la parte trasera y los bebés en sistemas de retención adecuados. También se prohíbe el transporte de pasajeros en las cajas de camionetas y camiones, y se exige respetar la capacidad máxima de personas permitida.
Para motocicletas y ciclomotores, la normativa exige el uso obligatorio de casco tanto para el conductor como para el acompañante, con un máximo de dos personas por vehículo. Además, deben circular con luces bajas encendidas, contar con condiciones mínimas de transitabilidad como frenos y luces en correcto funcionamiento, respetar los límites de velocidad y abstenerse de conducir bajo los efectos del alcohol, estupefacientes o somnolencia. En el caso de circulación en grupo, se establece una formación escalonada, con espacio de maniobra y adelantamientos individuales.