Corrientes, jueves 15 de enero de 2026

Sociedad Corrientes
SE SOLICITA LA INTERVENCIÓN DEL CONGRESO

Rechazo de las Defensorías del Pueblo a la reforma del sistema de inteligencia

09-01-2026
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La Asociación de Defensoras y Defensores del Pueblo de la República Argentina cuestionó el DNU 941/2025 al considerar que amplía de manera irrazonable las facultades del sistema de inteligencia y debilita los controles democráticos. La entidad sostuvo que la norma vulnera derechos fundamentales y se aparta de los consensos construidos desde la recuperación democrática.

La Asociación de Defensoras y Defensores del Pueblo de la República Argentina expresó su rechazo al Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 941/2025, publicado el 2 de enero de 2026, mediante el cual el Poder Ejecutivo Nacional introduce modificaciones sustanciales a la Ley de Inteligencia Nacional Nº 25.520. Desde la entidad señalaron que la norma amplía de manera significativa los alcances y funciones de la Secretaría de Inteligencia del Estado, configurando un cambio estructural en el sistema vigente que, a su criterio, resulta contrario a la Constitución Nacional y vulnera principios esenciales del sistema democrático.

ADPRA sostuvo que la regulación de los organismos de inteligencia, y en particular la definición de sus facultades operativas, involucra de forma directa derechos fundamentales como la libertad personal, la intimidad, la participación política y el debido proceso. En ese marco, advirtió que la utilización de un DNU para introducir reformas de esta magnitud carece de sustento constitucional, ya que no se acredita una situación de emergencia que justifique eludir el debate legislativo ordinario. Según la entidad, este mecanismo reduce los márgenes de deliberación democrática, limita la intervención del Congreso de la Nación en una etapa decisiva y debilita los controles propios de un sistema republicano.

El vicepresidente de ADPRA y Ombudsman Provincial, José Leonardo Gialluca, afirmó que uno de los puntos más críticos de la iniciativa oficial reside en la habilitación para que agentes del sistema de inteligencia puedan proceder a la aprehensión de personas bajo supuestos amplios, como la flagrancia o el requerimiento judicial genérico. Indicó que esta materia se encuentra constitucionalmente vedada a los DNU y que, aun cuando se establezca la obligación de dar aviso posterior a las fuerzas de seguridad o a la autoridad judicial competente, se genera una confusión funcional entre los organismos de inteligencia y las fuerzas de seguridad, históricamente diferenciados en el orden democrático.

Desde la asociación se remarcó que el sistema de inteligencia fue concebido como un ámbito de producción y análisis de información estratégica, no como un actor con potestades coercitivas directas. En ese sentido, se advirtió que el DNU introduce categorías amplias y poco precisas vinculadas a la seguridad nacional, la contrainteligencia y las amenazas al orden institucional que, combinadas con facultades reforzadas, podrían habilitar prácticas de espionaje interno y persecución política que la legislación vigente buscó impedir.

IMPACTO SOBRE DERECHOS Y MECANISMOS DE CONTROL DEMOCRÁTICO

Otro de los aspectos cuestionados por ADPRA es la reafirmación y ampliación del carácter encubierto de las actividades de inteligencia, presentado de manera prácticamente generalizada. La entidad sostuvo que el secreto no constituye un valor en sí mismo, sino una excepción que debe estar estrictamente justificada. La extensión indiscriminada ahora dispuesta, señalaron, obstaculiza el control parlamentario, judicial y social de los organismos involucrados, afectando la eficacia del sistema y debilitando la rendición de cuentas, un elemento central de cualquier democracia constitucional.

El decreto también crea un organismo con amplias facultades sobre el ciberespacio y obliga a distintas dependencias estatales a compartir información sensible de toda la población, sin establecer estándares claros sobre su utilización ni ámbitos de supervisión independiente. Desde ADPRA se advirtió que esta disposición configura un avance contra la intimidad y la privacidad de las personas, al habilitar el almacenamiento indiscriminado de datos personales sin garantías suficientes sobre su resguardo y uso.

Asimismo, la asociación señaló que la Comisión Bicameral de Fiscalización de los Organismos y Actividades de Inteligencia presenta limitaciones estructurales conocidas, que se ven agravadas cuando se amplían las competencias de la SIDE sin un fortalecimiento paralelo de los mecanismos de control. Desde la perspectiva de las Defensorías del Pueblo, esta asimetría entre el poder conferido y el control efectivo constituye un déficit democrático relevante, especialmente en un país con antecedentes históricos de utilización abusiva de estructuras de inteligencia.

ADPRA también cuestionó que el DNU autorice la asistencia de las Fuerzas Armadas y de seguridad, alcanzándolas por la regla del secreto y eliminando el control civil sobre la inteligencia militar. La entidad consideró imprescindible contextualizar este debate en la historia institucional argentina, recordando que la recuperación democrática implicó un esfuerzo deliberado por subordinar los servicios de inteligencia al poder civil, al control legislativo y a la legalidad estricta. En ese marco, concluyó que el decreto presenta serias incompatibilidades con el orden constitucional y exhortó al Honorable Congreso de la Nación a revisar y rechazar el DNU Nº 941/2025, garantizando un debate legislativo amplio, público y participativo, y reafirmando que la seguridad democrática se construye consolidando instituciones sujetas a la ley y a la Constitución Nacional.