Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala I, confirmó este viernes la medida cautelar que suspendió artículos del DNU 575/2025 dictado por el Poder Ejecutivo, ratificando que el Gobierno no puede administrar bienes incautados en causas penales, al advertir una posible afectación a la independencia del Poder Judicial.
La decisión fue adoptada al rechazar la apelación presentada por el gobierno de Javier Milei, a través del Ministerio de Justicia, contra el fallo de primera instancia que había hecho lugar al planteo de la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación (UEJN). De este modo, el tribunal sostuvo que se encuentran reunidos los requisitos legales necesarios para mantener la suspensión del decreto hasta que se dicte una sentencia definitiva.
En el fallo, la Sala I destacó que, en el marco preliminar propio de las medidas cautelares, se acreditó la verosimilitud del derecho y de la ilegitimidad invocada, así como el peligro en la demora, al advertir que el mantenimiento de la vigencia del DNU podría generar perjuicios graves de imposible reparación ulterior.