Por imprecisiones en su alcance, el Poder Ejecutivo vetó la Ley 6.741 que declaró Monumento Natural Provincial al "Sapito de Colores" (Melanophryniscus cupreuscapularis), una especie endémica del noroeste de Corrientes, con bajo potencial reproductivo, dieta muy específica y hábitat amenazado. Con la declaración se buscaba garantizar su protección y conservación.
El Sapito de Colores es un anfibio perteneciente a la familia Bufonidae, cuya distribución geográfica se encuentra restringida a los bosques de quebracho colorado y urunday, ecosistemas severamente fragmentados como consecuencia de la tala descontrolada histórica, el avance agropecuario y la creciente urbanización.
El Sapito de Colores presenta características que lo hacen particularmente vulnerable: bajo potencial reproductivo, reproducción explosiva de muy corta duración y una dieta especializada basada casi exclusivamente en hormigas.
Estas condiciones biológicas, sumadas a la pérdida progresiva de su hábitat, lo colocan en una situación delicada de conservación, habiendo sido categorizado como "vulnerable" a nivel nacional y "casi amenazada" a nivel global por la IUCN (Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza).
Ante ello, y con el fin de brindar el marco legal necesario para su protección, y desarrollar políticas públicas de concientización, investigación y educación ambiental, a finales de noviembre de este año la Legislatura de Corrientes declaró a la especie como "Monumento Natural Provincial", con la finalidad de asegurar su conservación, evitando su eventual extinción, de acuerdo con lo previsto en el Capítulo III "De las reservas naturales", de la Ley N° 4.736.
Se trató de la primera especie de anfibio declarado como Monumento Natural de la Provincia de Corrientes, lo cual generó importantes adhesiones desde distintos sectores vinculados al ambiente y la ciencia.
Pero recientemente, a través del Decreto N° 32/15, se resolvió vetar la mencionada ley.
Según se fundamentó, la Asesoría Legal Jurisdiccional de la Dirección de Recursos Naturales, del Ministerio de Turismo de la Provincia, tomó intervención y emitió dictamen oponiéndose a la declaración de monumento natural al "Sapito de Colores".
Desde el organismo se argumentó que el proyecto de ley realiza una referencia errónea al Capítulo III "De los recursos naturales", que se refiere única y excluyentemente a una zona física y determina las actividades que podrían desarrollarse en dichos espacios, lo que implica un error en la concepción de la distribución de los ejemplares, que no se encuentran restringidos a un lugar específico.
Además, no identifica los límites de la zona declarada reserva natural, por lo tanto, no podría brindarse la protección pretendida al hábitat de la especie.
Se señala que es el artículo 70 del Capítulo II de la Ley N° 4.736 el que se refiere a los monumentos naturales, que pueden ser las áreas, cosas, especies vivas de animales o plantas que, por su interés estético, valor histórico o científico, se les acuerde protección absoluta.
"Una vez declarados, serán inviolables, no pudiendo realizarse en ellos o respecto de ellos actividad alguna, excepto las necesarias para su cuidado, investigaciones científicas o inspecciones oficiales permitidas por la autoridad de aplicación".
Desde el Ejecutivo se agrega que el mencionado dictamen manifiesta, asimismo, que no existe a la fecha actualización científica que pueda sustentar los argumentos del proyecto de ley, ya que la última evaluación de la especie data de 2017, según UICN.
"La evidencia científica es de suma relevancia ya que la declaración de monumento natural implicaría una inmediata prohibición del desarrollo de actividades productivas y emprendimientos inmobiliarios, como hasta el momento se vienen desarrollando", se acota.
En ese sentido, por las razones expuestas, con la firma del gobernador, Juan Pablo Valdés, se consideró pertinente vetar la Ley N° 6.741.