El siguiente es el texto completo del Proyecto de Resolución impulsado en el Senado de la Nación solicitando que el Presupuesto 2026 contemple fondos para obras reclamadas por Corrientes
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
OBJETO: La presente resolución tiene por objeto instar a las autoridades nacionales competentes a que, en la elaboración y sanción del Presupuesto Nacional para el Ejercicio 2026, se contemplen partidas específicas destinadas a la ejecución de obras públicas esenciales para el desarrollo integral de la Provincia de Corrientes.
INICIATIVA DEL PROYECTO:
FUNDAMENTOS
La presente resolución tiene por objeto instar a las autoridades nacionales competentes a que, en la elaboración y sanción del Presupuesto Nacional para el Ejercicio 2026, se contemplen partidas específicas destinadas a la ejecución de obras públicas esenciales para el desarrollo integral de la Provincia de Corrientes.
La iniciativa se inscribe en una concepción política y técnica del federalismo, entendiendo que el desarrollo equilibrado del territorio nacional no constituye una opción discrecional, sino un mandato constitucional expreso.
El fundamento jurídico se encuentra en el artículo 75 inciso 19 de la Constitución Nacional, conocido como la “cláusula para el progreso”, que impone al Congreso de la Nación el deber de proveer al desarrollo humano, al progreso económico con justicia social, al crecimiento armónico del país y al requilibrio poblacional de su territorio, promoviendo políticas orientadas a equilibrar el desigual desarrollo relativo de provincias y regiones.
La Provincia de Corrientes presenta déficits históricos en materia de infraestructura vial, portuaria, energética, sanitaria, habitacional, de saneamiento y conectividad, que condicionan su desarrollo productivo, la integración regional y el ejercicio efectivo de derechos básicos por parte de sus habitantes. Estas limitaciones responden a asimetrías estructurales persistentes y a un trato desigual, que requieren una intervención sostenida del Estado Nacional.
La Argentina es un país de múltiples velocidades de desarrollo. El Norte Grande Argentino —integrado por diez provincias del NEA y NOA— representa aproximadamente el 33 % de la población, genera alrededor del 10 % del Producto Bruto Interno, y presenta una capacidad de recaudación propia promedio cercano al 12 %, dependiendo en más de un 88 % de los recursos recaudados por el Estado Nacional. En contraste, otras regiones concentran la mayor parte del PBI, la población y el comercio exterior, evidenciando un esquema de desarrollo desigual y no armónico, que desvirtúa el espíritu de la cláusula constitucional para el progreso.
Deberá preverse en el presupuesto Nacional 2026 las partidas de las obras que resultan de lo oportunamente solicitado por los 10 gobernadores del Norte Grande y algunas inversiones de ejecución plurianual. En esa oportunidad se priorizaron obras comunes para la región Norte Grande que mejoran la productividad y competitividad. Como ejemplo de ello podemos citar el puente Corrientes-Chaco, rutas transversales y pasos fronterizos. Formando parte integrativa de esta fundamentación el documento que contiene las propuestas de inversiones comunes firmadas por los gobernadores que integran la región y que oportunamente se remitiera al Gobierno Nacional. Como así también el último convenio firmado por el estado Nacional y la provincia de Corrientes respecto, a obras públicas nacionales expresamente enumeradas en dicho convenio que se transfirieron a la Provincia con compromiso de financiamiento nacional, por ello solicitamos también se prevean las partidas para el cumplimiento de los compromisos asumidos por el estado nacional. Como ejemplo se puede citar los casos de la Ruta 126 Sauce Curuzú Cuatiá en el porcentaje que corresponde al aporte incumplido del Gobierno Nacional o el ingreso a la Ciudad de Corrientes que comprende 13 km de autovía y solo está previsto en el presupuesto 2026 la suma de $5600 millones y falta aproximadamente $22.000 millones de pesos a este ritmo es una obra que duraría 4 años más volviendo esa ruta peligrosamente insostenible y ya pasaron 3 mandatos presidenciales
Deberá incluirse la ruta Nacional 119 Mercedes _Curuzú Cuatiá, para mejora y mantenimiento bacheo y reparación, la ruta 12 de Riachuelo- Saladas cuatro bocas aproximadamente de 70km ya sea una autovía o el proyecto que se adjunta que surgió de un estudio de la UNNE declarado de interés legislativo en la última sesión de nuestra Cámara. La reparación de las rutas 120 que comprende la zona foresto industrial de la provincia, de la autopista ruta 14 que atraviesa la provincia de Corrientes, en los departamentos Monte Caseros y Curuzú Cuatiá. A esto debe agregarse la ampliación hasta el puerto de Ituzaingó de la Hidrovia en el río Paraná, que incluye dragado, señalización y balizamiento
En este contexto, la inversión pública en infraestructura constituye un factor clave de convergencia territorial, permitiendo mejorar la competitividad regional, generar empleo, fortalecer la cohesión social y garantizar que todos los ciudadanos accedan a iguales estándares de servicios públicos, con independencia del lugar del país en el que residan.
La asignación de recursos presupuestarios adecuados no debe interpretarse como un privilegio, sino como el cumplimiento de un mandato constitucional, orientado a consolidar un federalismo real, solidario y equilibrado, en el que el desarrollo armónico de todas las provincias sea una política de Estado permanente.
Por lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones institucionales que le competen, esta Honorable Cámara impulsa el presente proyecto de resolución.
LA CÁMARA DE SENADORES
DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.-
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional y al Honorable Congreso de la Nación que, en el marco del tratamiento y sanción de la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2026, se disponga la inclusión de partidas presupuestarias específicas, suficientes y adecuadas destinadas a la ejecución de obras de infraestructura estratégica para la Provincia de Corrientes, comprendiendo, entre otras:
a) Obras de infraestructura vial y de conectividad territorial;
b) Obras de infraestructura portuaria, logística y fluvial; ampliación de la hidrobia hasta le puerto de Ituzaingó
c) Obras de conectividad digital y telecomunicaciones;
d) Obras de infraestructura sanitaria y de salud pública;
e) Obras civiles de provisión de agua potable, saneamiento y cloacas;
f) Programas y obras de vivienda;
g) Obras de generación, transporte y distribución de energía;
h) Regularización y transferencia de fondos previsionales adeudados a la Provincia de Corrientes, correspondientes al período 2017 a la fecha, conforme los compromisos asumidos por el Estado Nacional en el marco del Consenso Fiscal.
ARTÍCULO 2º.-
Requerir que las partidas mencionadas en el artículo precedente se asignen bajo el criterio de políticas públicas diferenciales y de equidad territorial, atendiendo a las asimetrías estructurales y al desigual desarrollo relativo de las regiones, conforme a los principios establecidos en el artículo 75 inciso 19 de la Constitución Nacional, a fin de promover la convergencia territorial, la igualdad real de oportunidades y el acceso equitativo a servicios públicos esenciales.
ARTÍCULO 3º.-
Instar a que las inversiones previstas se incorporen a una estrategia federal de desarrollo, con criterios de planificación plurianual, impacto territorial y eficiencia en la ejecución, contemplando especialmente las obras priorizadas por los Gobernadores del Norte Grande Argentino (NEA–NOA), oportunamente elevadas al Gobierno Nacional, destinadas a mejorar la productividad, competitividad e integración regional.
ARTÍCULO 4º.-
Solicitar que se incluyan las partidas necesarias para dar cumplimiento a los convenios vigentes entre el Estado Nacional y la Provincia de Corrientes en materia de obras públicas, particularmente aquellas transferidas a la jurisdicción provincial con compromiso de financiamiento nacional, entre otras:
a) Ruta Nacional N.º 126, tramo Sauce – Curuzú Cuatiá;
b) Acceso y Autovía de ingreso a la Ciudad de Corrientes, cuya ejecución presenta un significativo atraso presupuestario;(se adjunta convenio)
además del convenio incluir:
c) Ruta Nacional N.º 119, tramo Mercedes – Curuzú Cuatiá;
d) Ruta Nacional N.º 12, tramo Riachuelo – Saladas (Cuatro Bocas), conforme al proyecto técnico elaborado por la Universidad Nacional del Nordeste (UNNE) y declarado de interés legislativo por esta Honorable Cámara;
e) Ruta Nacional N.º 120, tramo de vinculación entre las Rutas Nacionales N.º 12 y N.º 14, en la zona foresto–industrial;
f) Reparación, mantenimiento y rehabilitación de la calzada de la Autopista de la Ruta Nacional N.º 14, en los tramos correspondientes a las localidades de Monte Caseros y Curuzú Cuatiá.
ARTÍCULO 5º.-
Solicitar a los legisladores nacionales por la Provincia de Corrientes la realización de un estudio comparativo sobre la asignación de fondos discrecionales, programas específicos y unidades ejecutoras en el Proyecto de Presupuesto Nacional, a fin de evaluar el cumplimiento del artículo 75 inciso 19 de la Constitución Nacional y verificar que la Provincia de Corrientes no resulte discriminada en la distribución de tales recursos.
ARTÍCULO 6º.-
Encomendar a la Presidencia de esta Honorable Cámara la remisión de la presente resolución al Poder Ejecutivo Nacional, al Honorable Senado de la Nación, a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, a la Jefatura de Gabinete de ministros, al Ministerio de Economía, a los legisladores nacionales por Corrientes y a las Comisiones de Presupuesto y Hacienda del Congreso Nacional, para su conocimiento y consideración.
ARTÍCULO 7º.-
Comuníquese, publíquese y archívese.