Tras ser aprobada por el Congreso el Presidente veto la Ley 27.793 de Emergencia en Discapacidad, pero un juez federal dió curso a un amparo y rechaza la pretensión del Ejecutivo Nacional El juez federal de Campana, Adrián González Charvay, tomó la decisión este lunes a partir de una acción de amparo presentada por los padres de dos niños de 11 años que vieron amenazado el acceso a sus tratamientos y educación.
Los hermanos padecen “trastornos generalizados del desarrollo” y “trastornos específicos en las habilidades escolares”.
La Ley de Emergencia en Discapacidad, sancionada por el Congreso el 10 de julio pasado, estableció un régimen integral con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026, prorrogable por un año.
Tomá en cuenta las obligaciones derivadas de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que posee jerarquía constitucional. :
Para vetar la ley, el presidente Javier Milei se apoyó en el impacto fiscal estimado, que oscilaba entre el 0,22% y el 0,42% del Producto Bruto Interno (PBI), según la Oficina de Presupuesto del Congreso. El Poder Ejecutivo invocó el “equilibrio fiscal innegociable”, establecido como segundo principio del Pacto de Mayo, y sostuvo la postura de no aceptar un incremento del gasto público sin fuente de financiamiento específico.
Esa decisión provocó un amplio repudio social y dio paso a diversas concentraciones autoconvocadas en Corrientes y distintos puntos del país.