Corrientes, jueves 12 de febrero de 2026

Sociedad Corrientes
DECRETO Nº 1221

Concretan nuevo traspaso a tarifas de la DPEC de aumentos en costos mayoristas de la energía

21-06-2025
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El Poder Ejecutivo de Corrientes aprobó el traslado automático de incrementos en costos mayoristas de la energía del periodo mayo-octubre de a 2025 a las tarifas de la DPEC.

La medida fue tomada a través del Decreto Nº 1221 y toma en cuenta el nuevo esquema tarifario resultante del traspaso de los costos mayoristas en el MEM para el período Mayo-Octubre de 2025 establecidos por Resolución de la Secretaría de Energía de la Nación Nº 71/2025, con las bonificaciones establecidas en las Resoluciones de la Secretaría de Energía de la Nación Nº 36/2025 y la Resolución del Ente Provincial Regulador de la Energía de Entre Ríos Nº 91/2025.

Además, continúa vigente la Resolución de SE N° 36/2025, puesto que resta aplicar bonificaciones hasta diciembre del corriente año.

Por lo tanto, hasta que se resuelva sobre los precios mayoristas a aplicarse desde Nov/2025, las tarifas de DPEC deben calcularse con las bonificaciones indicadas, para el semestre May-Oct/2025.

En ese sentido, la Subgerencia de Asuntos Regulatorios de la DPEC efectuó el cálculo de las tarifas resultantes de aplicar las bonificaciones graduales mencionadas para dicho semestre.

Para efectuar el cálculo correspondiente se ha utilizado la ecuación general utilizada en el mecanismo de Pass Through o de traspaso automático que le permite a la DPEC incorporar los aumentos mayoristas sin necesidad de audiencia pública.

La propuesta de la DPEC fue avalada por el Ente Provincial Regulador Eléctrico de Corrientes y posteriormente por el Ejecutivo.

Las tarifas se corresponden a las otras categorías de usuarios "Altos Ingresos", "Ingresos Medios" e "Ingresos Bajos".

TIPOS DE TARIFAS

La categoría Nivel 1 de "Ingresos Altos" tiene tarifas sin incidencia de subsidios, es decir pagan por el consumo sin subsidio alguno del Estado Nacional.

En tanto, la categoría Nivel 2 de Ingresos Bajos y la Nivel Nº3 de Ingresos Medios tiene subsidios en distintos porcentajes, aunque los mismos se recortan cuando se superan ciertos niveles de consumo.

Por ejemplo el segmento de Nivel 2 de bajos recursos tiene una cuota fija por suministro de 19.421 pesos sin bonificación y de 9.084 pesos con bonificación al mes de mayo, pero si el usuario tiene un consumo mayor a 700 kWh bimestral se le cobra el cargo de 19.421 sin bonificación.

En cuanto al consumo, en el Nivel II se tiene un cargo variable de los primeros 600 kWh/bimestral, otro cargo variable por los siguientes 100 kWh bimestral o fracción y un cargo variable por el excedente de 700 kWh/bimestral que no tiene bonificación.

En las pequeñas demandas residenciales de usuarios urbanos Nivel 3 de "Ingresos Medios" hay una cuota fija por suministro por consumo de hasta 500 kWh bimestral con bonificaciones, y si se supera los 500 kWh bimestral el cargo fijo es sin bonificación.

Para el consumo en el Nivel III, existe un cargo variable de los primeros 500 kWh/bimestral o fracción con subsidio, luego un cargo variable por los siguientes 100 kWh bimestral o fracción y luego un cargo cargo variable por el excedente de 600 kWh/bimestral.

En el caso de la tarifa residencial de Electrodependientes se estableció una cuota fija por suministro y un cargo variable por todo consumo, en ambos casos con bonificaciones sin distinción de niveles de ingreso.

Todas las segmentaciones y cargos según consumo rigen tanto para usuarios urbanos como rurales.