La Fiscalía Nacional Electoral instruyó a fiscales y actores institucionales sobre el uso de la Boleta Única de Papel, en vista de las elecciones legislativas nacionales del 26 de octubre.
A través de una exposición técnica y normativa, se explicaron el diseño, el formato y las reglas de uso del nuevo instrumento de votación, así como las prohibiciones que regirán durante la jornada electoral.
Con vistas a los comicios legislativos nacionales del 26 de octubre de 2025, la Fiscalía Nacional Electoral encabezó una jornada de capacitación dirigida a más de 90 agentes del Ministerio Público Fiscal con competencia electoral, así como a integrantes de instituciones vinculadas al proceso. El evento se desarrolló de manera virtual a través de la plataforma Zoom.
La actividad fue coordinada por el titular de la Fiscalía Nacional Electoral, Ramiro González, y el auxiliar fiscal Hernán Mogni. Ambos destacaron la importancia de estas capacitaciones para consolidar criterios comunes y reforzar el trabajo de las fiscalías en el marco de la implementación del nuevo sistema de votación.
González recordó que el sistema de Boleta Única de Papel fue establecido a partir de la sanción de la Ley Nº 27.781, vigente desde el 1° de octubre de 2024, y señaló que el objetivo es “intercambiar experiencias con jurisdicciones donde ya se utilizó este instrumento”.
Por su parte, Mogni remarcó el rol de acompañamiento permanente de la Fiscalía Nacional Electoral en los años electorales y aseguró que el organismo estará disponible para atender dudas o requerimientos específicos de cada distrito.
Durante el encuentro se abordaron aspectos técnicos, operativos y normativos de la Boleta Única de Papel, instrumento que reemplazará al tradicional sistema de boletas partidarias en todas las categorías nacionales en disputa.
CARACTERÍSTICAS DE LA BOLETA ÚNICA DE PAPEL
La Boleta Única de Papel consiste en una sola hoja que contiene todas las opciones electorales disponibles para un distrito. Su estructura está dividida horizontalmente por categorías de cargos y verticalmente por agrupaciones políticas con listas oficializadas.
Cada boleta incluirá tantas categorías como cargos se elijan y exhibirá los nombres y fotografías de los primeros candidatos de cada lista. Para diputados nacionales, deberán figurar al menos cinco nombres y dos fotografías. En el caso de senadores nacionales, se mostrarán los nombres y fotos de los titulares.
Además, cada franja de cargo electivo tendrá un único casillero en blanco para que el votante marque su opción. No existe la posibilidad de votar por lista completa, lo que obliga a optar individualmente por cada categoría.
Mogni precisó que en cada mesa electoral se dispondrá de una cantidad de boletas equivalente al número de electores habilitados, con un adicional del 5% para reponer eventuales contingencias.
DISEÑO, FORMATO Y PAUTAS DE USO
El diseño de la Boleta Única fue aprobado por la Cámara Nacional Electoral a través de la Acordada Extraordinaria Nº 40/25. La boleta incluye la fecha de la elección, el distrito correspondiente, y en el dorso, instrucciones para el votante, además de casilleros de firma para las autoridades de mesa.
También se detalló que el papel será opaco, impreso en idioma español, con una guía punteada que indique cómo doblarlo. Las boletas estarán adheridas a un talón numerado de manera correlativa, del cual se desprenderán al momento de la emisión del voto.
Las agrupaciones políticas estarán identificadas de forma homogénea en cuanto al tamaño y tipo de letra. Se prohíbe cualquier distinción que altere la igualdad visual entre las diferentes opciones.
Asimismo, el modelo base será uniforme para todos los distritos, garantizando la estandarización del proceso electoral a nivel nacional.
PROHIBICIONES DURANTE LA JORNADA ELECTORAL
Durante la jornada electoral, rigen diversas restricciones para preservar la integridad del proceso. Entre ellas, se prohíben reuniones de electores y la tenencia de armas en un radio de 80 metros de cada mesa receptora de votos.
También estará restringido el funcionamiento de espectáculos públicos, fiestas, actividades deportivas y cualquier evento no vinculado al acto electoral, desde el inicio del comicio hasta tres horas después de su cierre.
En igual sentido, se dispondrá el cierre de los establecimientos que expendan bebidas alcohólicas durante el mismo período, medida orientada a prevenir incidentes.
A los electores se les prohibirá portar armas, banderas, distintivos o cualquier elemento que identifique afiliación política durante el día de la elección, desde 12 horas antes hasta tres horas después de finalizado el acto.
Finalmente, se destaca la prohibición de difundir encuestas, proyecciones o realizar actos de proselitismo desde 48 horas antes de la elección y hasta el cierre de los comicios. También se impedirá tomar fotografías de la Boleta Única durante su uso.