El procedimiento judicial se resolvió en solo nueve días mediante juicio abreviado, tras la intervención de Gendarmería y la fiscalía ambiental. El fallo destaca la importancia de la protección de la biodiversidad y la celeridad procesal frente a delitos contra la fauna autóctona.
El 30 de abril pasado, personal de Gendarmería Nacional interceptó una camioneta en el cruce de la Ruta Provincial 25 y la Ruta Nacional 119, en las inmediaciones de Curuzú Cuatiá. Durante el control, los efectivos constataron la presencia de tres jaulas que contenían aves silvestres: una jaula con una reina mora, utilizada habitualmente como ave llamadora; otra con un cardenal amarillo también empleado con ese fin, y una tercera con dos ejemplares más de cardenal amarillo. Esta especie, conocida científicamente como Gubernatrix cristata, se encuentra en peligro de extinción y su captura, tenencia y comercialización están prohibidas por la legislación nacional.
El procedimiento permitió el secuestro de los ejemplares, todos ellos pertenecientes a la fauna autóctona. Las aves fueron puestas a resguardo por la Unidad de la Policía Rural e Islas (PRIAR) de Curuzú Cuatiá, que posteriormente llevó adelante su liberación en la misma zona rural de donde se presume fueron sustraídas. La caza furtiva de especies protegidas configura un delito ambiental tipificado como caza de animales silvestres prohibidos.
ACCIÓN FISCAL Y JUICIO ABREVIADO
El caso fue impulsado por el fiscal Oscar Cañete, titular de la Unidad Fiscal de Investigación Rural y Ambiental, quien presentó ante el Juez de Garantías Dr. Martín José Vega un pedido de juicio abreviado pleno. Según informaron fuentes judiciales, el trámite se realizó con agilidad, teniendo en cuenta la admisión de los hechos por parte del imputado, la existencia de pruebas concluyentes y el acuerdo previo entre las partes.
"La propuesta fue evaluada y homologada en audiencia, con la plena conformidad del imputado, quien manifestó comprender las implicancias del acuerdo y renunciar al juicio oral", se detalló en el acta judicial. La defensa estuvo a cargo del Dr. Justo Pío Sierra, quien ratificó el entendimiento alcanzado con el Ministerio Público Fiscal.
CONDENA Y MEDIDAS COMPLEMENTARIAS
El 9 de mayo, a solo nueve días del hecho, el juez Martín Vega dictó sentencia condenatoria, imponiendo al imputado la pena de un año de prisión de cumplimiento en suspenso.
Asimismo, estableció un plazo de dos años durante los cuales el condenado deberá cumplir con reglas de conducta fijadas por el tribunal, entre ellas la prohibición de incurrir en nuevos delitos, la obligación de presentarse periódicamente ante la autoridad judicial y la asistencia a programas de concientización ambiental.
El fallo fue considerado relevante por la rapidez del proceso y por el valor ejemplificador de la sanción en el marco de la protección de especies amenazadas. La decisión se inscribe en una línea de actuación que busca fortalecer la tutela penal del ambiente y combatir de forma efectiva el tráfico ilegal de fauna silvestre en la región.