El Tribunal de Revisión de Mercedes, integrado por los doctores Enrique Eduardo Deniri, como presidente; Carlos Antonio Martínez y Jorge Alberto Esper, trató la impugnación a una Medida Cautelar en el caso de usurpación del inmueble del Complejo Recreativo-Religioso de la Cruz Gil, ubicado a la vera de la RN 123 en cercanías a la ciudad de Mercedes.
El Tribunal dictaminó el rechazo de la impugnación en el entendimiento que se trata de una cuestión urgente por las razones de interés público respecto al uso del predio, conforme la ley de utilidad pública del mismo –Ley N° 6628-.
El Tribunal entiende que es una falacia argumentativa que los ocupantes del inmueble lo que buscan es cuidarlo
Por ello, el Tribunal de Revisión de Mercedes rechazó la impugnación presentada por la Juez de Garantías Benasayag, y de ese modo este fin de semana vence el plazo de diez días que le fuera otorgado a los imputados para la desocupación voluntaria del predio de la Cruz Gil
Se adivcerte que en caso de no concretarse el desalojo intervendrá la fuerza pública a cargo del Ministerio Público Fiscal.