El Gobierno decretó oficialmente este lunes la baja momentanea de retenciones a los principales cultivos pero se conoció una condición que no se había difundido
Solo accederán al beneficio quienes liquiden dentro de los próximos quince días. El Gobierno tomó la medida como una vía para obtener divisas
El punto que más dudas suscita en el hecho que para acceder al beneficio se deban liquidar el 95% de las divisas de la mercadería a exportar dentro de los 15 días hábiles de realizada la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE). Previamente el plazo era de 30 días. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) - ex AFIP- y el Banco Central quedarán a cargo de la supervisión.
En detalle, los derechos de exportación a la soja (poroto) pasarán de 33 a 26% y en el caso de sus derivados, de 31 a 24,5%. También se reducirán para el trigo (12 a 9,5%), la cebada (12 a 9,5%), el maíz (12 a 9,5%), el girasol (7 a 5,5%) y el sorgo (12 a 9,5%).
Respecto a las economías regionales, las alícuotas serán llevadas a cero de manera permanente. Regirá para productos tales como azúcar, algodón, cuero bovino, tabaco, foresto industria y arroz, entre otras. Estas actividades representaron más de USD 1.100 millones en exportaciones durante 2024.
De todos modos, en el sector esperan la reglamentación del decreto 38/2025. “El diablo se esconde en los detalles”, aseguran.
Explican que al tener 15 días como máximo para el ingreso de divisas sin haber embarcado y cobrado la mercadería, se genera un enorme esfuerzo financiero por parte de los exportadores que puede tener un impacto en el precio de mercado. Esto se debe a que “hay que buscar créditos en el exterior para traer los dólares sin que se haya concretado la exportación”, precisan.