Por iniciativa de la bancada de la concejal Rocío Báez, de Ciudadanos Comprometidos (Ci.Co.), el Concejo Deliberante aprobó por ordenanza la creación de un calendario para visibilizar necesidades especiales y promover una sociedad más inclusiva y equitativa.
La medida estriba en diversas normativas que protegen y promueven los derechos de las personas con discapacidad, fundamentalmente los incisos 22 y 23 del artículo 75 de la Constitución Nacional, los artículos 1, 4 y 8 de la Convención sobre los Derechos de Personas con Discapacidad, y las Leyes Nacionales 22.431 y sus modificatorias. Además, se considera el artículo 44 de la Constitución de la Provincia de Corrientes, así como las Leyes Provinciales 4478 y 4868.
La iniciativa fundamenta que el artículo 75, inciso 23, de la Constitución Nacional subraya la obligación de "legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato"; remarcando la Ley Nº 26.378, que incorpora la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad a nuestro derecho interno, también destaca la importancia de integrar las cuestiones relativas a la discapacidad en las estrategias de desarrollo sostenible.
A la vez, reconoce que la discriminación por motivos de discapacidad es una vulneración de la dignidad y el valor inherente del ser humano.
GARANTÍA PARA LA PROTECCIÓN DE DERECHOS ADQUIRIDOS
La ordenanza establece que las personas con discapacidad gozarán dentro del Municipio de la Ciudad de Corrientes de la protección, garantía, visibilización y tutela de todos los derechos establecidos por las normativas internacionales, nacionales, provinciales y municipales.
Y, en específico, crea un calendario de fechas conmemorativas relacionadas con la temática de la discapacidad, dictadas por diferentes organizaciones internacionales y nacionales, con el objetivo de concientizar y sensibilizar a toda la población sobre las diversas discapacidades.
El texto, designa a la Dirección General de Discapacidad e Inclusión Social de la Municipalidad de Corrientes, junto con el Consejo Municipal para las Personas con Discapacidad, encargados de desarrollar campañas de difusión del calendario a través de diversos medios de comunicación.
El calendario comprenderá las siguientes fechas:
4 de enero: Día Mundial del Braille
18 de febrero: Día Internacional del Síndrome de Asperger
25 de febrero: Día Internacional del Implante Coclear
28 de febrero (y 29 de febrero en años bisiestos): Día Mundial de Síndromes poco frecuentes
21 de marzo: Día Mundial del Síndrome de Down
28 de marzo: Día Nacional de la Audición
2 de abril: Día Mundial de Concientización sobre el Autismo
10 de abril: Día Mundial del Síndrome de West
11 de abril: Día Mundial del Parkinson
6 de mayo: Día Mundial de la Osteogénesis Imperfecta
24 de mayo: Día Internacional de la Epilepsia
Último miércoles de mayo: Día Mundial de la Esclerosis Múltiple
27 de junio: Día Internacional de la Sordoceguera
3 de julio: Día Internacional del Síndrome de Rubinstein-Taybi
26 de julio: Día Mundial de la Enfermedad de Gaucher
25 de agosto: Día Nacional de Ayuda a Personas con Autismo
13 de septiembre: Día Nacional del Intérprete de Lengua de Señas
19 de septiembre: Día Nacional de las Personas Sordas
6 de octubre: Día Mundial de la Parálisis Cerebral
10 de octubre: Día Mundial de la Salud Mental
15 de octubre: Día Mundial del Bastón Blanco
3 de diciembre: Día Internacional de las Personas con Discapacidad
18 de diciembre: Día Nacional de la Esclerosis Múltiple
ACCIONES POSITIVAS Y ESTRATÉGICOS
En la faz argumetnal de la iniciativa, la concejal Rocío Baéz remarca que es "de fundamental importancia y una función indelegable del Municipio velar por la efectivización y concreción real de los derechos consagrados en la vasta normativa internacional, nacional, provincial y municipal en favor de las personas con discapacidad".
La edil indica que "para lograr realmente que se efectivicen plenamente los derechos de las personas con discapacidad, se hace necesario la visibilización y públicación de un calendario de discapacidad, con el objeto de que toda la comunidad tome conciencia y se respeten todas aquellas fechas importantes sobre las diversas condiciones que pueden detentar las personas".
Además, remarca que conforme "lo determina expresamente la Carta Orgánica en su Art. 14°, las políticas municipales tienen los siguientes objetivos, Inc. 11° ejecutar acciones positivas estratégicas destinadas a establecer la igualdad de oportunidades".
Esto se hará "a través de medidas que permitan superar o corregir aquellas discriminaciones que son el resultado de prácticas o sistemas sociales", indican, señalando que así también lo dispone el "Inc. 15º: incentivar la formación e integración social de los jóvenes, la inserción democrática, cultural, política y económica"