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(Por Roberto Vallejos).Recientes críticas del Señor Presidente a destacados periodistas argentinos y ante la afirmación que ridiculiza al propio Presidente de que "la cloaca mas grande del universo es el periodismo argentino" , lo cual todo ello constituye una grave amenaza a ala plena vigencia del derecho de opinión y publicación, me permito recordar al Señor Presidente y a la comunidad en general, algunos fallos jurídicos relativos al tema.
A fines de l986, la Sala Ide la Cámara en lo criminal y Correccional Federal de la ciudad de Buenos Aires reafirmó el derecho constitucional de la libertad de expresión para criticar los actos de gobierno y a los funcionarios públicos. incluso al Presidente de la Nación, al resolver las apelaciones interpuestas en tres causas instruidas por desacato. Entre ellas estaba una demanda del Presidente Raúl Alfonsín contra la revistas "Bastión".
Sobre esta última, dijo la Sala: "el periódico titulado "Bastión" (enero-febrero de 1986), contiene manifestaciones sobre el Presidente Raúl Alfonsín que se insertan en un contexto panfletario grosero y contestatario, donde se mezclan denuncias acerca de la invasión judía en la Argentinas, supuesto maltrato a las Fuerzas Armadas, a la Iglesia y a la C.G.T.," etc. etc.
No obstante , concluyó, "a pesar de su desagradable formulación y del fanatismo ideológico irracional que emana de ellos, los juicios expuestos no superan el tono de cuestionamiento político a la gestión de gobierno, no ocasionando menoscabo alguno al bien jurídico tutelado por el art. 244 del Código Penal (desacato).
Señaló la Cámara que "el reconocimiento a tal derecho (de opinión) reposa en una decisión moral vinculada a la dignidad del hombre, que cada ciudadano tenga la libertad de pensar como quiera y de manifestarlo"
Recordó la Cámara que "ya en 1789 el art. 11 de la Declaración de los Derechos del Hombre prescribía que la libre comunicación de los pensamientos y de las opiniones es uno de los derechos más preciados y que este principio fue generosamente acogido en nuestro país desde el Decreto de Libertad de Imprenta del 10 de abril de 1811".
La Sala estuvo integrada por los camaristas RICARDO GIL LAVEDRA, LEON C. ARLASNIAN Y DIEGO PEREZ.
El 8 de 2009 , ratificando la larga doctrina existente sobre Libertad de Opinión, el Juez JULIAN ERCOLINI sobreseyó a SUSANA ANDRADA , titular del Centro de Educación al Consumidor , al ser demandada por el Secretario de Comercio de la Nación, GUILLERMO MORENO.
Señaló el Juez "que como todo funcionario público , Moreno debe cargar con el deber de soportar, dada la función para la cual fué investido , críticas de elevada magnitud y que no importa si las críticas provienen de particulares o desde la prensa.
Vale la penas recordar también lo señalado por la Conferencia Hemisférica sobre Libertad de Expresión celebrada en México (11/3/94):
" LA LIBERTAD NO DEBE SER CORTADA EN FUNCION DE NINGUNB OTRO FIN. LA LIBEERTAD ES UNA, PERO A LA VEZ MULTIPLE EN SUS MANIFESTACIONES, PERTENECE A LOS SERES HUMANOS , NO AL PODER. PORQUE ESTAMOS CONVENCIDOS DE QUE NUESTRO DESTINO DEBEN SER LA LIBERTAD Y LA DEMOCRACIA, POYAMOS SU MANIFESTACION MAS DIRECTA Y VIGOROSA, AQUELLA EN LA CUAL EL EJERCICIO DEMOCRATICO NO PUEDE EXISTIR NI REPRODUCIRSE. LA LIBERTASD DE EXPRESIÓN Y DE PRNSA POR CULQUIER MEDIO DE COMUNICACION, ELLA ES MOTOR Y PUNTO DE PARTIDA DE LOS DERECHOS BASICOS DEL SER HUMANO".
El pueblo argentino dijo en 1986 NUNCA MAS a las actitudes autoritarias. La postura del Sr. Presidente es preocupante