(Por Mabel Goméz *).Uno de los aspectos que debiera trabajar el poder judicial, como política pública, es la posición de sus integrantes jerárquicos en relación a lo que deciden comunicar y más luego, tras la decisión, las formas de hacerlo. Podríamos partir de la base, de una teórica decisión de abandonar aquel principio de siglos atrás de qué el juez sólo hablaba por intermedios de sus sentencias. Recursos que van en tal sentido, como el lenguaje sencillo y directo para la comunicación de las actuaciones, que aleja las formulaciones de la lengua "muerta" y selecta del latín, acompañarían tal saludable cambio de paradigma. Que no tendría más noble fin, que el de acercar a la ciudadanía al servicio de justicia, que es, al menos en términos de democracia directa o electoral, el menos de los democrático de los poderes del estado.
Con menos fuerza argumental, se puede esgrimir también, que el judicial, en la consideración de la opinión ciudadana, auscultada por las cada vez más cuestionadas consultoras de opinión, sino están en la cúspide de las instituciones del estado menos o poco creíbles, no se valoran como las más confiables.
Dentro de este contexto, en el que navegan las corrientes y contra corrientes, de los viejos paradigmas que no terminan de fenecer y los nuevos que no acaban de alumbrar, la gesta dialéctica, el acontecer en tal tensión, es lo que nos ocupa en estas líneas, a las que la dotaremos de un ejemplo reciente en el fuero de la provincia de Corrientes.
Tanto magistrados como representantes del ministerio público, e incluso funcionarios del ámbito judicial, deben tomar una posición más clara, determinada y precisa, de lo que deciden comunicar, para luego optar las formas, maneras y procedimientos para lograr tal objetivo.
No puede quedar, la tensión, el acontecer cotidiano de lo que falla el judicial, en la discrecionalidad de cada una de las señorías que, por motus propio, que podrían estar condicionados por intereses que el público desconoce, le desea imprimir en su cotidiano ejercicio de la administración de justicia.
El reciente caso de una magistrada correntina de garantías resultará iluminador.
Tras otorgar el beneficio de la prisión domiciliaria a un homicida, la jueza se cansó de pasear los fundamentos de su resolución por distintos medios de comunicación. Independientemente de las razones esgrimidas, que no fueron en este caso más que procedimentales y en ningún caso avaladas por conceptos teóricos o jurisprudencia, lo cierto es que el resultante o el producido, de la participación de la magistrada (en la interacción con los medios, que poseen una lógica específica en cada uno de los formatos en los que se dinamiza) sintetiza para el público en general, la idea que desde el pináculo de la justicia se acompaña, o se entiende, comprende o asiente con benevolencia, el acto antijurídico e ilegal de "la justicia por mano propia".
Obviamente que tales no fueron las expresiones de la jueza, pero en su participación, brinda todos los elementos para que el público, deduzca o interprete en tal sentido.
Por eso hablamos de la necesidad de una política comunicativa que dimane claramente desde el poder judicial. Se debiera analizar, que casos, son pasibles y convenientes para que el magistrado brinde su tiempo para aportar detalles y consideraciones más alla de sus actos jurídicos. Sería importante también, que se otorgue tal poder de fuego mediático, a jueces que hayan llegado a sus cargos de forma y manera legítima, que no estén cuestionados en el arribo a tal posición de poder, y que se les pueda preguntar también por el desarrollo de otras causas que tramitan en sus fueros.
De lo contrario, podríamos estar ante la presencia de un juego de poder, tras bambalinas, en dónde una jueza que por determinada razón presenta dificultades de origen, o que disponga de medidas abusivas en otras causas, o que incluso pueda estar dilatando las resoluciones de otros expedientes, y que encuentre como "hombre de paja" falaz, el supuesto salvoconducto, de pavonear resoluciones efectivistas o mediáticas, para acrecentar su imagen interna y externa ante las observaciones institucionales de las que pueda estar resultando objeto.
Insistimos, la peor parte, se le vuelve a llevar el justiciable, el ciudadano de a pie. En este caso paradigmático, por este desorden conceptual, anarquía de ideas, y ausencia de consideraciones esenciales, la tensión presente, en las nuevas formas de comunicar la dinámica del servicio de justicia, queda presa de la voluntad y el librepensamiento de hombres y mujeres del poder judicial, que debieran ponerse de acuerdo en ciertos presupuestos mínimos. Para la consideración de quiénes escuchan a una jueza, las "razones" por las que otorgó un beneficio como la excarcelación a quién mató a alguien que previamente lo robó, la conclusión es clara, lineal y unívoca: La justicia, representada por esa jueza, avala el acto anti-jurídico de "justicia por mano propia".
Se torna indispensable que todos y cada uno de los jueces de garantías, informen de sus actuaciones, que dispongan de tiempos y medios en misma proporción, que exista un manual de procedimiento para determinar qué casos y de qué manera, en el supuesto que el interés provenga de la ciudadanía o los medios, se informa y bajo qué orden simbólico y conceptual se enarbola el uso de las palabras.
De lo contrario seguiremos, con las participaciones, de ciertos jueces por sobre otros, que podrían estar "negociando" los casos que administran y cómo darlos a conocer y finalmente, brindando a la ciudadanía un mensaje antijurídico o ilegal.
* Abogadas por la autonomía judicial.