La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial N°17, dictó el fallo que declar “inconstitucional" la Ordenanza N°6.832, aprobada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de Corrientes que autorizó la construcción del Shopping o paseo de compras en la playa pública Arazaty.
La Justicia Provincial además ordena al la Intednencia que elabore un “plan maestro” para organziar el uso de los espacios públicos por parte de bares, boliches y paradores dentro de en un plazo de 6 meses y en el interín las infraestructuras privadas “deben atenerse a 500 metros cuadrados de ocupación como máximo”.
Este fallo de segunda instancia es en respuesta al amparo que, en el año 2020, presentó el colectivo “Defensores de los Espacios Públicos Costeros de Corrientes”, para frenar la construcción de un shopping sobre la playa pública y frenar el avance de construcciones privadas violando toda normativa federal y provincial sobre manejo de los recursos naturales, soberanía y manejo de los espacios comunes.
El fallo de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial N°17 destaca la importancia de la protección de la ribera, cursos de agua, los bienes comunes y el paisaje como patrimonio colectivo.