El Instituto de Lotería y Casinos de Corrientes emitió un comunicado para recordar a la comunidad que el Decreto Ley 152/01 y su modificatoria 184/01 continúan en vigencia, estableciendo que ciertas actividades de apuestas son consideradas ilegales, clandestinas o prohibidas en la provincia.
Según estas leyes, se prohíben explícitamente las apuestas en carreras de caballos, perros y riñas de gallos. Asimismo, quedan fuera de la legalidad las rifas, bingos, tómbolas, bonos u otros documentos sorteables que no cuenten con la debida autorización del Instituto, ya sea en formato presencial, virtual u otras modalidades.
La Ley 27346/16, en su Artículo N° 301 bis, establece medidas aún más rigurosas para aquellos que exploren, administren u operen sistemas de captación de juegos de azar sin la autorización correspondiente de la autoridad jurisdiccional competente. La penalización contempla una pena de prisión que oscila entre tres (3) y seis (6) años para los infractores.
El Instituto de Lotería y Casinos de Corrientes advierte que cualquier persona u entidad que organice o participe en actividades ilegales de juego está violando la normativa legal vigente y se expone a sanciones y penalidades.
La institución insta a la comunidad a respetar la ley y colaborar en la erradicación de las actividades de apuestas ilegales en la provincia, asegurando así un ambiente de juego justo y regulado para todos los ciudadanos.