Un grupo de diputados provinciales presentó un proyecto de modificación de la ley 3.146 de creación del Instituto de Obra Social para Abogados y Procuradores (IOSAP) para hacer “voluntario” el aporte obligatorio que actualmente se les exige a los profesionales del derecho.
El proyecto tiene su inicio en una petición concreta, ingresada por mesa de entradas de la Cámara de Diputados, por parte de abogados independientes de la matrícula, que entienden “injusta e inequitativa” para los profesionales, el aporte obligatorio y compulsivo al Iosap, conforme los términos de la ley vigente.
En ese sentido, se propone que la afiliación y el aporte respectivo sean de carácter “voluntario”.
Los promotores del planteo, consideran que la modificación de la ley de manera que el aporte sea voluntario y no obligatorio, dará plena solución a los planteos y problemas que se vienen generando debido a la actual compulsividad del aporte.
Aducen que, por una parte, se mantendría la vigencia del Instituto de Obra Social (Iosap) para aquellos abogados y procuradores matriculados, que así lo elijan y soliciten voluntariamente, abonando una cuota social y/o un aporte, que el propio Instituto deberá determinar de acuerdo a sus necesidades presupuestarias.
Y, por otra parte, dejará de ser una afiliación compulsiva y obligatoria para los profesionales que no lo requieran.
En el proyecto de ley se detalla que al momento de su creación, el IOSAP (Instituto de Obra Social de Abogados y Procuradores) tenía por función y resguardo de una obra social y demás beneficios del sistema de seguridad social, para los abogados que ejercían la profesión liberal.
Pero a lo largo del tiempo este objetivo se desvirtuó y no se encuentra cumpliendo con su objeto principal, y como toda institución humana, perfectible, debe ser modificada a los tiempos actuales, adaptándose a las circunstancias sociales, legislativas y económicas vigentes.
La ley 5822 que entró en vigencia en el año 2008, de aranceles y honorarios para abogados y procuradores dispone la obligatoriedad de la presentación de la inscripción ante la AFIP, como requisito previo para la regulación de los honorarios profesionales, y entre esos requisitos que forman el régimen del Monotributo está un aporte destinado a una obra social, a la cual podrá adherirse el profesional teniendo de esta manera una cobertura de salud y previsional.
Asimismo, el profesional que se desempeña bajo relación de dependencia en el sector público o privado, posee la cobertura de salud y seguridad social respectiva.
"Es decir, que cualquiera sea el régimen bajo el cual el profesional matriculado está registrado ante la AFIP; debe realizar un aporte destinado a una Obra social y/o prepaga, y/o mutual de salud".
Sobre ello, se plantea que no puede obligarse a un profesional liberal a aportar a una obra social determinada, (el IOSAP), atento la vigencia del derecho a elegir el sistema de salud que considere adecuado para su vida personal y familiar, “provocando el aporte compulsivo al IOSAP, una insostenible restricción a la libertad de elegir, siendo que en muchos casos los abogados matriculados se hallan en relación de dependencia aportando obligatoriamente a un servicio de salud, produciendo ello una colisión de prestaciones sin permitir ejercer el derecho a elegir”.
Acotan como agravante que el sistema actual del IOSAP no permite incluir al grupo familiar como “adherentes”. Es decir, que el profesional debería además tener otra obra social para que su grupo familiar tenga cobertura.
En el caso puntual de los monotributistas se encuentra el ítem de Obra Social, donde en el caso de hacer uso de la misma ya tienen una cobertura de salud (incluso su grupo familiar), demostrándose de este modo cabalmente la necesidad de la no obligatoriedad del aporte al IOSAP.
“Con la modificación de la Ley de creación del Iosap y tornando la afiliación obligatoria por una afiliación voluntaria, se solucionará el planteo de restricción y limitación al derecho de elegir referido en los párrafos anteriores, que genera este aporte obligatorio, ya que implica un doble o múltiple aporte para los profesionales liberales, que además están afiliados voluntaria o compulsivamente a otras obras sociales” se concluye en el proyecto de ley.
El proyecto fue presentado por los diputados Ana María Pereyra, Eduardo Hardoy, Javier Sáez, Albana Rotela Cañete, Ariel Báez, Silvia Galarza, José Antonio Romero Brisco, Edgar Benítez y Mario Branz.