La ley que obtuvo media sanción en la Cámara Baja “surge como consecuencia de constantes reclamos de vecinos, utilizando los medios de comunicación locales, por reiterados ruidos molestos que causan con sus equipos de audios que ocasionan una contaminación acústica”.
El párrafo que se incorpora por este proyecto de ley al decreto ley 124/2001 del Código de Faltas de la Provincia de Corrientes, a instancias del Defensor de los Vecinos de Corrientes, se fundamenta en que “la conducta de una persona que produce contaminación ambiental por ruido y según la Organización Mundial de la Salud (OMS), por encima de los 85 a 90 decibeles, genera riesgos de tener trastornos auditivos elevados”.
Además, la reglamentación está justificada en que “la exposición durante mucho tiempo a un ruido superior a los 80 decibeles puede provocar, no solo problemas en la audición sino también otras consecuencias: alteraciones del sueño y el ritmo respiratorio, taquicardia, náuseas, trastornos digestivos, gastritis, cefaleas, irritabilidad, disminución de la potencia sexual, disminución del rendimiento laboral e intelectual, entre otros”.
“En materia de ruidos molestos y vibraciones nocivas, hay legislación vigente que busca solucionar la problemática de la contaminación ambiental sancionando las conductas que provocan contaminación acústica; pero es un hecho que, en algunos casos, no se hace cesar esta transgresión, por lo cual, es imprescindible, dotar de una herramienta jurídica concreta y precisa a los funcionarios policiales para que adopten medidas para asegurar la preservación y el mejoramiento del medio ambiente, estableciendo las acciones y recursos a favor de los derechos de los vecinos y en defensa de aquél, tendiendo a lograr una mejor calidad de vida”, indica otro de los fundamentos.