Defensoría de los Vecinos de la Ciudad entregó un proyecto de ley para modificar el Código de Faltas de la Provincia y autorizar secuestros de equipos y elementos denunciados por ruidos molestos
La incoativa surge tras reiteradas quejas de vecinos ante la Defensoría de los Vecinos
Con ese propósito se reunió con el titular del organismo municipal Agustín Payes con el presidente de la Cámara de Diputados de Correitnes Pedro Cassani, quien recibió el proyecto
Cassani y Payes intercambiaron puntos de vista sobre esta problemática catalogada como un verdadero "flagelo" que afecta a numerosos vecinos de la ciudad de Corrientes y del interior de la provincia
Payes presentó uel referido proyecto de ley el cual tiene como objetivo que “la Provincia incorpore un artículo al decreto ley N° 124 denominado Código de Faltas de la Provincia de Corrientes” que ayude resolver solución para el problema de los ruidos molestos.
De acuerdo con la iniciativa "la policía podría intervenir porque la competencia municipal llega hasta un cierto punto, a partir de ahí ya es un tema que para resolverlo tiene que encargarse la Policía y la Justicia. Cuando el ruido molesto no se corrigió con la visita de los inspectores y una multa, la persistencia de esa actitud inadaptada hace que a partir de ese momento sea una cuestión netamente de la Policía de Corrientes y la Justicia provincial”.
Se informó que Cassani expresó su interés y se comprometió a darle curso legislativo a través de un legislador ya que la Defensoría de los Vecinos no tiene iniciativa legislativa propia”.
Se agregaría de esa manera el artículo 50 – bis – al Decreto Ley 124 “Código de Faltas de la Provincia de Corrientes el cual consta en: “Art. 50- Bis-: Ante el infractor que se encontrare incumpliendo una Sentencia dictada por los Jueces de faltas, continuando con la conducta maliciosa de contaminación acústica y atentando contra la moralidad y las buenas costumbres, la autoridad de aplicación del presente Código, podrá proceder a la retención, secuestro y/o decomiso del o los bienes (dispositivos de sonido, amplificadores, reproductores de músicas o similares) encargados de producir los ruidos molestos, conforme lo dispuesto en el artículo 31 del presente o en el que en el futuro lo reemplace”.
Por otra parte, el Defensor de los Vecinos aclaró “además de las penas de unidades de multas provincial, también prevé arresto y decomiso, que es lo que venimos diciendo desde hace rato. Tenemos que juntarnos las patas del Estado para resolver definitivamente el problema de los ruidos molestos reiterados”.