La secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores actualizó los topes de facturación que determinan los parámetros por los cuales las empresas se encuadran dentro de la categoría pyme y les permite obtener el certificado correspondiente.
La Resolución 23/2022, publicada en el Boletín Oficial, toma como referencia el índice de precios implícitos del PBI elaborado por INDEC.
Tener este certificado activo les permite a las mipymes acceder a reducciones fiscales, líneas de financiamiento con tasa subsidiadas, beneficios para contrataciones de nuevos trabajadores o trabajadoras, asistencia técnica y la inclusión en diversos programas oficiales y no oficiales.
El registro mipymes le permite al Estado tener información precisa sobre el universo pyme del país.
La mitad de las empresas registradas corresponde al sector de servicios (49,5%), casi un cuarto al sector comercio (24,3%), a la industria un 13%, agropecuario 8,8%, construcción 4,3%y minería 0,1%.
La distribución según el tamaño indica que su gran mayoría (95,6%) pertenece al tramo micro, 3,7% al tramo pequeñas, 0,7% al grupo medianas.
La inscripción en este registro es 100% digital y se realiza mediante la página web de AFIP con CUIT y clave fiscal.
Los nuevos topes de ventas anuales que comienzan a regir a partir del 1° de abril del 2022 son: