Corrientes, martes 12 de mayo de 2026

Sociedad Corrientes
NUEVA REGULACIÓN

Disponen aplicación desde marzo del nuevo Código Procesal de Familia, Niñez y Adolescencia

23-02-2022
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El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes estableció la entrada en vigencia desde marzo del 2022 del nuevo Código Procesal de Familia, Niñez y Adolescencia que fue aprobado en la Legislatura en octubre del año pasado. Además se disponen cambios en la denominación de los Juzgados de Familia y Menores, se precisó las competencias de los juzgados y la asignación de turnos para las causas.

El nuevo Código fue aprobado por ley el pasado 7 de octubre en la Legislatura, ley publicada en el Boletín Oficial Provincial N° 28.401, de fecha 27 de octubre de 2021.

La ley regula los procesos de familia, niñez y adolescencia, cuya finalidad es alcanzar la efectiva operatividad de las normas del derecho sustancial, en consonancia con la Constitución Nacional, la Constitución de la Provincia de Corrientes los instrumentos internacionales de Derechos Humanos en los que la Nación sea parte, el Código Civil y Comercial de la Nación y los principios generales de los procesos enunciados en el Código.

Según el espíritu de la nueva norma, los procesos de familia, niñez y adolescencia deben garantizar la tutela efectiva de los derechos, ajustándose en su tramitación a los principios de oficiosidad, oralidad, inmediación, interdisciplina, gratuidad, acceso reservado al expediente, celeridad, concentración y economía procesal.

Desde el Superior Tribunal de Justicia de Corrientes se resaltó que las normas de procedimiento deben ser aplicadas de modo de facilitar el acceso a justicia, especialmente de las personas en situación de vulnerabilidad y que la decisión que se adopte en un proceso en el que están involucrados niñas, niños o adolescentes debe tener en cuenta su interés superior, es decir la máxima satisfacción integral y simultánea de todos sus derechos y garantías.

En ese sentido, a través del Acuerdo Extraordinario Nº3 se dispuso la aplicación desde el mes de marzo del nuevo Código en todo el territorio provincial.

Los procesos iniciados con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la nueva normativa procesal, se regirán también por sus disposiciones, en los términos previstos en el art. 762 del Código Procesal de Familia, Niñez y Adolescencia.

Además se estableció que los actuales Juzgados de Familia y Juzgados de Menores pasarán a denominarse, a partir del 1 de marzo de 2022, “Juzgados de Familia, Niñez y Adolescencia”.

Los Juzgados Civiles y Comerciales del interior provincial con competencia en Familia y Menores, mantendrán su denominación legal, reemplazando a los fines de la competencia asignada, los términos “Familia y Menores” por las palabras “Familia, Niñez y Adolescencia”.

Se dispuso también que todos los Juzgados de Familia, Niñez y Adolescencia asuman, sin excepción, la competencia material prevista en el art. 18 del Código Procesal de Familia, Niñez y Adolescencia, a partir de la entrada en vigencia de la nueva normativa procesal.

 En cuanto a la competencia penal juvenil, los órganos jurisdiccionales deberán mantener su competencia de garantía, revisión y juicio, sin perjuicio del cambio de denominación, teniendo en cuenta que esta cuestión fue expresamente excluida del tratamiento del Código Procesal de Familia, Niñez y Adolescencia y el lineamiento adoptado por del Código Procesal Penal Ley Nº 6518 en su artículo N° 395, de continuar a la espera del dictado de una ley especial sobre dicha materia.

Se fijó un plazo de 3 meses a fin de adecuar el funcionamiento de la Mesa Receptora Informatizada de Expedientes de la ciudad de Corrientes, en lo relativo a la inclusión en el sistema informático de recepción de nuevas causas de los Juzgados de Familia, Niñez y Adolescencia N° 4, N° 5 y N° 6 para la implementación de un contador informático de expedientes que garantice una equitativa distribución de causas ingresadas.