Corrientes, martes 07 de abril de 2026

Política Corrientes
LEY NACIONAL 27.590

Presentan proyecto de adhesión al Programa Nacional de Concientización y Prevención del Ciberacoso

21-10-2021
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La senadora provincial, Patricia Rindel, presentó un proyecto de ley de adhesión al Programa Nacional de Concientización y Prevención del Grooming o Ciberacoso contra niños, niñas y adolescentes creado por la Ley Nacional 27.590 Micaela Ortega.

El programa aprobado en diciembre del 2020, creado por la ley Micaela Ortega, asesinada en el 2016 por un hombre que la contactó por Facebook haciéndose pasar por una menor de edad, establece que todos los teléfonos celulares, computadoras y tablets deben mostrar información sobre el grooming cuando se envíen y los mensajes deben explicar qué son los delitos informáticos, qué es el ciberacoso.

En este sentido dispone otorgar la información sobre cómo y dónde denunciar y recomendar acciones para el uso responsable de Internet.

El grooming o ciberacoso es definido como todas acciones intencionales desarrolladas por un adulto para establecer un vínculo con un menor con una intención sexual y esta figura fue incluida en el Código Penal Argentino por la Ley 26.904 desde el 13 de noviembre del 2013.

En Corrientes, cuatro de cada diez niños y niñas hablan con desconocidos por Internet. La hiper conectividad aumentó un 200% el riesgo de delitos sexuales por medios digitales en menores de edad y los menores de 9 a 13 son los más vulnerables.

Los objetivos del programa son generar conciencia sobre el uso responsable de las tecnologías de la información y comunicación; garantizar la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

Además, propone capacitar a la comunidad educativa de nivel inicial, primario y secundario de gestión pública y privada con el objetivo de concientizar sobre la problemática del ciberacoso.

La iniciativa promueve también diseñar y desarrollar campañas de difusión a través de medios masivos de comunicación para cumplir los fines del programa y brindar información de cómo denunciar este tipo de delitos a la justicia.

POSIBLES DAÑOS Y ESTADÍSTICAS ACERCA DEL GROOMING

El agresor desarrolla una conducta que apunta a lograr una amistad virtual con el niño a través de la señal de Internet, teléfono celular u otra herramienta tecnológica y una vez que establece el lazo emocional con la víctima, comienza a vulnerar la intimidad del niño pudiendo obtener datos personales e incluso un contacto.

El grooming ocasiona daños psicológicos como la depresión, baja autoestima desconfianza, cambios repentinos de humor bajo rendimiento académico aislamiento, alteraciones de sueño y alimentación, ideas o intentos de siiciodos y daños físicos, heridas, traumatismos o lesiones derivadas de los actos sexuales y daños a nivel familiar, empeoramiento de las relaciones y conflictos en la comunicación.

La organización Grooming Argentina indica que solo el 28,4% de la población sabe acerca de la problemática, el 39% no sabe de qué se trata pero ha escuchado hablar y el 32% no sabe ni escucharon hablar sobre el tema.