El Ministerio de Salud Pública de la Provincia concluyó el proyecto de reforma de Ley de Arancelamiento Hospitalario, que fue elevado para su análisis a la Legislatura provincial.
Busca optimizar la prestación sanitaria y el recupero de gastos de los hospitales por los servicios prestados según lo explica el área de la Salud de la Provincia. Reafirma la gratuidad del sistema y las obligaciones del sistema de obras sociales.
En el diseño del proyecto, por parte del Ministerio de Salud Pública participó la Asesoría Legal y la Unidad Ejecutora Provincial (UEP). Se contó con la colaboración de los senadores David Dos Santos y Diógenes González.
Se trabajó durante casi 2 años en la propuesta que se fundamenta "en la necesidad de lograr los objetivos estratégicamente planificados por el sistema de arancelamiento y poder recuperar efectivamente las inversiones efectuadas por Salud Pública y la optimización del uso de lo recaudado".
El proyecto garantiza la gratuidad del sistema de salud correntino "a cada persona, argentina o extranjera, que requiera de prestaciones médicas" .
A la vez reafirma el deber de las entidades financiadoras de servicios de salud, de adhesión obligatoria o voluntaria, de nivel nacional, provincial o municipal, que se encuentren obligadas al pago de los servicios médico-asistenciales y administrativos que reciban sus beneficiarios, adherentes o afiliados en cualquier centro de salud u hospital público provincial, como obras sociales, por ejemplo".
Se procura con la reforma que los fondos que se recauden constituyan recursos propios de cada Centro Asistencial y estén destinados a atender gastos de operatividad del hospital, adquirir y/o contratar en Bienes de Consumo, Servicios, Bienes de Capital o Trabajos Públicos para la unidad asistencial, pago de honorarios profesionales y el fondo estímulo al personal, entre otros gastos propios del funcionamiento diario del nosocomio.
El proyecto incluye un Nomenclador propio y un mecanismo de nueva redistribución y reinversión de lo recuperado y la posibilidad de celebrar convenios internacionales para gestionar el cobro por las prestaciones médico-asistenciales.