Foto: Monera paraguaya.
Los bancos centrales de ambos países sellaron un acuerdo. El sistema ya funciona entre Argentina, Brasil y Uruguay.
Argentina y Paraguay dieron este jueves un paso decisivo para dejar de utilizar el dólar como medio para saldar el intercambio comercial y transferencias de fondos entre ambos países. Así, se utilizará un esquema de pagos en monedas locales.
El directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA) ya aprobó el reglamento operativo para poner en funcionamiento a partir del próximo martes 22 de junio el Convenio del Sistema de Pagos en Moneda Local con el Banco Central del Paraguay (BCP), destinado a la canalización de los pagos correspondientes a operaciones entre personas físicas o jurídicas, residentes, domiciliadas o con sede en los respectivos países.
De esta manera, Paraguay se suma a Brasil y Uruguay, países con los que el BCRA ya estableció convenios de pago en monedas locales. Así, la entidad presidida por Miguel Pesce busca resguardar las reservas en dólares que lentamente la entidad vino acumulando.
Las operaciones que se podrán cursar a través del Sistema de Monedas Locales son:
-Anticipos y cobros de exportaciones argentinas de bienes y servicios conexos que se documenten en pesos argentinos.
-Pagos de importaciones argentinas de bienes y servicios conexos, que se documenten en la moneda de curso legal del país de la contraparte.
-Pagos de jubilaciones y otros beneficios previsionales a cargo de las instituciones previsionales de los países cuando exista un acuerdo bilateral suscripto entre las instituciones.
En el caso del Paraguay, el BCRA detalló que, adicionalmente, podrán ser cursadas las siguientes operaciones y sus devoluciones:
-Anticipos y cobros de exportaciones argentinas de bienes y servicios conexos a dicho país que se documenten en guaraníes.
-Cobros de servicios no conexos al comercio exterior de bienes, excepto servicios financieros, prestados por residentes argentinos a residentes paraguayos y que se documenten en pesos argentinos o en guaraníes.
-Pagos de servicios no conexos al comercio exterior de bienes, excepto servicios financieros, prestados por residentes paraguayos a residentes argentinos y que se documenten en pesos argentinos o en guaraníes.
-Ingresos y remisión de transferencias en concepto de ayuda familiar.
PAGO EN MONEDA LOCAL
En todos los casos, la entidad deberá requerir una declaración jurada del cliente respecto a que la operación corresponde a aquellas comprendidas en este sistema y que se cumplen las disposiciones específicas y generales que le resulten normativamente aplicables.
Para apuntalar el sistema, los bancos centrales de Argentina y Paraguay publicarán diariamente la tasa de conversión para el valor de las operaciones.
Fuente: Ipro.