Carteles con la imagen del justicialista Alejandro Karlen fueron colocados en columnas de luminarias ubicadas a lo largo del corredor Belgrano y la avenida Centenario. El Municipio dio un plazo de 24 horas para retirarlos . En caso contrario lo harán equipos comunales, con gasto a cargo del infractor
El hecho viola la ordenanza 6864 aprobada y promulgada en 2020 que prevé multas a los que coloquen anuncios proselitistas en mobiliarios urbanos.
La Municipalidad de Corrientes intimó a los responsables de colocar cartelerías en las avenidas, y estableció un palzo de de 24 horas para ello.
En este caso se trata de carteles a lo largo del corredor Belgrano con la imagen de Alejandro Krrlen quien aspira a una postulación por el Justicialismo correntino
"Notamos carteles proselitistas que fueron colocados en el corredor Belgrano y la avenida Centenario. Se hicieron las intimaciones correspondientes para que procedan a su retiro inmediato, en un plazo de 24 horas. En el caso de no hacerlo, la Municipalidad realizará esta tarea bajo costo exclusivo y total por parte del infractor”, señaló el secretario de infraestructura de la comuna capitalina, Mathías Cabrera.
El funcionario agregó que la violación a la ordenanza en cuestión “prevé multas, a lo que deberá sumarse el costo del cargo por el retiro de la cartelería por parte de la Municipalidad, en caso de que el infractor no cumpla con el plazo de intimación otorgado. Todas las actuaciones serán giradas al Tribunal de Faltas”.
La ordenanza 6864 prohíbe pintar o fijar anuncios proselitistas en mobiliarios urbanos, como ser: jirafas de luminarias, semáforos, refugios de colectivos, cestos de basuras, entre otros, con afiches y mensajes de organizaciones políticas, gremiales, vecinales, deportivas y estudiantiles.
La norma fue aprobada en 2020 “a través de un trabajo conjunto con el Concejo Deliberante, priorizando la belleza y la limpieza de la ciudad por encima de cualquier tipo de interés proselitista”, detalló Cabrera.
La ordenanza 6864 es complementaria de la 6443, que prohíbe la instalación de anuncios que forman parte de campañas proselitistas en el espacio público o privado que formen parte de las avenidas Costanera General San Martín y Juan Pablo II, peatonal Junín, monumentos históricos, escuelas, iglesias, parques, entre otros lugares.