El máximo tribunal penal determinó que sea la Justicia Federal la que defina el habeas corpus colectivo presentado por el senador nacional del radicalismo Luis Naidenoff por el hacinamiento y las condiciones inhumanas en los centros de aislamiento por coronavirus en Formosa.
Los jueces revocaron las resoluciones de la Cámara Federal de Resistencia y de la justicia federal de Formosa, que habían decretado la incompetencia del fuero federal. Tras el fallo de Casación el planteo de Naidenoff lo tratará la jueza federal de esa provincia María Belén López Mace,.
Borinsky y Gemignani destacaron en su fallo la medida dispuesta por la Corte Suprema, que en noviembre le ordenó al gobierno de Gildo Insfrán que garantizara el ingreso de todos los ciudadanos varados que durante meses no pudieron entrar a la provincia por las duras restricciones implementadas por la pandemia.
Por último, el fiscal ante el máximo tribunal Pleé había dictaminado que debía intervenir la justicia provincial de Formosa “con la máxima urgencia que la cuestión requiere”. Consideró que “en cada jurisdicción provincial, y de acuerdo a las características socio-ambientales de su población, los gobiernos locales son los que eligen y determinan las normas y acciones que entienden más adecuadas a los fines de esa política sanitaria”.
l senador radical sostuvo en su presentación ante la Justicia que en los centros de aislamiento en Formosa no se respetan mínimamente las condiciones de privacidad, intimidad, higiene y salubridad, ni las recomendaciones del ministerio de Salud de la Nación. Advirtió que se ven afectados derechos humanos como el de la vida, la salud y al medio ambiente y también que la provincia incumple con el artículo 205 del Código Penal sobre la propagación de una pandemia.