Cámaras, entidades, empresas, asociaciones y sindicatos representativos del sector de exhibición cinematográfica consensuaron un protocolo general a fin de consignar las medidas de prevención necesarias para reanudar la actividad de las salas y complejos de salas de cine.
Ahora, cada jurisdicción debe solicitar el permiso correspondiente, y coordinar protocolos.
Según pudo saber momarandu.com, el uso de barbijo será obligatorio pudiendo quitárselo sólo para ingerir alimentos o bebidas, y deberá volver a colocarlo después.
Además, para abrir, las salas deberán ser higienizadas y sanitizadas adecuadamente antes y después de cada función.
De acuerdo al protocolo consensuado, también se establece que dentro de cada una de las salas de cine la ocupación de “burbujas sociales de recreación”.
Estas serán espacios compartidos de proximidad entre personas que concurren conjuntamente al establecimiento y que no deben integrar -durante la realización del mismo evento
Se prevé que con esta estrategia, quienes deseen asistir al cine puedan compartir un mismo espacio en un ambiente controlado, dado que se mantiene la distancia entre grupos de personas no vinculadas.
Estas “burbujas" no podrán ser superiores a 6 (SEIS) personas y estarán conformadas por butacas contiguas.
Además, la distancia entre butacas ocupadas deberá ser de 1,5 metros a 2 metros, como mínimo.
Según señala el protocolo, esto puede realizarse con un esquema de ocupación donde por cada butaca ocupada o butacas ocupadas por la burbuja social deberán dejarse 2 (DOS) butacas fijas libres a los lados de cada burbuja.
También deberán estar libres las butacas que se encuentren inmediatamente adelante e inmediatamente detrás de cada butaca ocupada.
No obstante, este concepto podrá variar según la evolución sanitaria y según lo determine cada autoridad jurisdiccional.
HORARIOS
En cuanto a los horarios de las funciones, cada complejo y/o sala cinematográfica deberán establecer un cronograma, en función de su programación e instalaciones preexistentes,
Este cronograma deberá tender a minimizar la congestión de público asistente al ingreso y egreso de las funciones, así como también contemplar lapsos de tiempo suficientes para que el personal pueda llevar a cabo la adecuada limpieza y desinfección entre funciones.
En aquellos casos donde sea posible en función de las características arquitectónicas, y a fin de complementar y optimizar la ventilación de las salas, las puertas de las mismas (tanto de ingreso como de salida de emergencia) se deberán mantener abiertas durante al menos 10 minutos entre función y función, o lo que determine cada Autoridad Jurisdiccional competente.
En caso que no se cuente con la posibilidad de realizar ventilación natural exterior, se deberán realizar renovaciones por medio de inyección y extracción de aire forzada y/o complementar renovaciones con recirculaciones de aire por medio de sistema de filtrado según las pautas definidas por la autoridad jurisdiccional.