El Ministerio Público Fiscal de Corrientes actualizó el monto de ingresos a considerar para acceder a la representación y defensa gratuita para personas que carezcan de recursos suficientes para hacer valer sus derechos en una causa judicial. El valor fijado era de 6.060, vigente desde 2016 y se elevó a 18.900 acorde al Salario Mínimo Vital y Móvil, lo cual favorecerá que más personas accedan al beneficio.
La medida fue tomada por medio de la Instrucción N°43 de la Fiscalía General, a la que tuvo acceso Momarandu.com, a través de la cual se dispuso actualizar el monto mínimo de ingresos a considerar para actuar como patrocinante o apoderado de personas pobres.
El monto que estaba vigente de 6.060 pesos había sido establecido por Instrucción General N° 40 de fecha 7 de septiembre de 2016, y según el Ministerio Público perdió actualidad frente a los incrementos inflacionarios.
Por ello, se resolvió instruir a los funcionarios del Ministerio Público del Poder Judicial de la Provincia de Corrientes que ejerzan las funciones que los arts. 36 y 37 del Dcto. Ley 21/00, confiere al Defensor Oficial de Pobres y Ausentes, para que tomen la cifra $18.900 como parámetro objetivo a considerar para el alcance del inc. a) art. 36 del Dcto. Ley 21/00 en el párrafo que reza “asesorar, representar y defender gratuitamente a las personas que carezcan de recursos suficientes para hacer valer sus derechos en juicio.
Se explica que han transcurrido más de 4 años desde la fijación del valor actual vigente, y en dicho lapso los salarios y precios han sufrido un aumento considerable.
El salario mínimo se considera a la menor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador sin cargas de familia en su jornada legal de trabajo, de modo que le asegure alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsión, que allí que la persona que perciba una cifra menor al monto determinado en ese parámetro, se verá privado de acceder a la jurisdicción por carecer de medios para abonar los honorarios de un abogado particular.
Así, teniendo en cuenta que la Resolución 4/2020 del Gobierno Nacional actualizó el valor del Salario Mínimo Vital y Móvil a partir del 1 de octubre en la suma de 18.900 pesos, se dispuso tomar ese valor como monto para litigar sin gastos.
La vigencia de un valor tan bajo y desactualizado, de 6.060 pesos, como parámetro a tener en cuenta para permitir el ejercicio de la defensa pública gratuita, afecta a un número importante de personas que por superar el monto de $ 6.060 de ingresos familiares se ven privados de acceder a la jurisdicción, por cuanto carecen de medios para abonar los honorarios de un abogado particular.