Foto archivo
Ayer viernes momarandu.com daba a conocer que el Juzgado Civil y Comercial de Mercedes, dispuso el cese de actividad de una curtiembre por severos daños ambientales. Para ahondar más en la cuestión, momarandu.com dialogó con el titular de la Fiscalía Rural y Ambiental de Mercedes, Gerardo Cabral. “Esta curtiembre no tenía ningún tipo de control del Instituto Correntino del Agua, no tenía tratamiento para los efluentes…la curtiembre no tenía autorización de ningún ente del Estado”, señaló el fiscal Cabral a momarandu.com.
Mercedes: cierran curtiembre por graves daños ambientales
Para recordar, se indica que el doctor Gustavo Buffil, titular del Juzgado Civil y Comercial de Mercedes, dispuso el cese de actividad de esta curtiembre por severos daños ambientales. Los informes periciales realizados dieron cuenta de la presencia de sustancias peligrosas – arsénico, cadmio, cromo total y plomo- tanto en el suelo como en el agua, en niveles nocivos para la salud tanto de los vecinos de la planta como para los propios trabajadores de la empresa, la flora y la fauna (ver nota relacionada).
La causa fue iniciada por la Fiscalía de Investigación Rural y Ambiental de Mercedes contra el propietario de la fábrica, situada en Ruta Nacional 123 km 111 de esa ciudad, por lo que momarandu.com dialogó con el fiscal de la causa, Gerardo Cabral.
Cabral comenzó el diálogo con un breve paneo por las diferentes instancias por las cuales atravesó esta causa hasta llegar a su cierre. “Esta curtiembre, primero funcionaba en el ejido urbano de Mercedes, luego se trasladó a las afueras de esa ciudad, sobre la ruta 123. En el año 2006 o 2007 se iniciaron dos procesos penales en contra del propietario de esta causa, pero, lamentablemente, esta causa prescribió. Nosotros, como fiscalía, comenzamos a funcionar en octubre de 2018 y nos pusimos a trabajar en este tema, en el marco de la ley de Residuos Peligrosos”.
Cuando la Fiscalía Rural y Ambiental de Mercedes se hizo cargo de la investigación, una de las primeras tareas que hizo, fue la toma de muestras: “Las enviamos a analizar al laboratorio del Agua de Chaco –Administración Provincial del Agua-, donde se detectó una gran cantidad de cromo –entre otras sustancias dañinas para la salud- en la superficie, no sólo en los establecimientos sino en los alrededores. Entonces interpusimos un amparo ambiental”. El fiscal contó a momarandu.com que para el amparo atestiguaron vecinos y se hicieron relevamientos de pruebas “hasta llegar a hoy con esta sentencia en primera instancia dictada por el Juzgado Civil y Comercial de Mercedes”.
En la causa se establece que vecinos de la zona aledaña a los dos galpones de la firma atestiguaron olores nauseabundos, dolores de cabeza, picazón y alergias en la piel, además de neumonías, patologías todas que desaparecieron luego de la suspensión provisoria de actividades.
Al respecto, el fiscal Cabral explicó a momarandu.com que “ya no hay necesidad de probar en la justicia un daño en la salud, porque afortunadamente, el principio precautorio que tiene el Derecho Ambiental –incorporado a la Constitución Nacional, desde el año 1994. el artículo 41, que obliga a hacer un uso racional de todos los recursos y también preservar la comunidad que ocupa esos recursos- “, y apuntó: “Esta curtiembre no tenía ningún tipo de control del Instituto Correntino del Agua, no tenía tratamiento para los efluentes…la curtiembre no tenía autorización de ningún ente del Estado”.
Ahora, la Fiscalía Rural y Ambiental de Mercedes pidió “el cese definitivo de esta curtiembre en ese lugar. A lo largo del tiempo la empresa ha dejado un pasivo ambiental”, y aclaró que la empresa “fue notificada esta semana y todavía puede apelar”.