El Poder Judicial creó la Oficina de Depósito de Automotores Secuestrados, para optimizar la gestión de los vehículos secuestrados en causas judiciales, y planteó a los magistrados que se expidan respecto a mantener en guarda o sean indispensables para la resolución de las causas, sobre vehículos secuestrados anteriores y hasta el año 2017.
El Superior Tribunal de Justicia ha venido adoptando medidas extraordinarias respecto de los vehículos secuestrados que se encontraban ubicados en el predio “Ex Sarpa”, en estado de abandono, sin control, fiscalización y dispersos por todo el terreno.
Los automotores estacionados durante un largo tiempo representan una fuente importante de contaminación, produciendo efectos nocivos al suelo e indirectamente a la población de las zonas aledañas, y además dicha situación, ha facilitado la comisión de hechos irregulares sobre sus partes.
En ese marco y luego de haberse realizado una limpieza de todo el predio, “Ex Sarpa” con un reordenamiento y clasificación de la totalidad de los vehículos, como así también, terminada la obra de cerramiento con portones de acceso, colocación de alcantarillas, iluminación y construcción de la oficina, se estimó oportuno y conveniente crear la Oficina de Depósito de Automotores Secuestrados del Poder Judicial de la Provincia de Corrientes.
Además se dispuso que se continúe adoptando medidas extraordinarias respecto de los vehículos secuestrados por orden judicial en toda la Provincia, máxime la situación epidemiológica actual.
La Oficina de Depósito de Automotores Secuestrados, dependiente de la Secretaría Administrativa del Superior Tribunal de Justicia, bajo la Supervisión del Señor Ministro Doctor Eduardo Gilberto Panseri, funcionará en el predio “Ex Sarpa”.
Tendrá por funciones llevar el Registro único de Vehículos Secuestrados, a través del Sistema (SGV) y/o el que en el futuro lo reemplace, controlar el ingreso y egreso de los vehículos secuestrados por orden judicial y registrar todos los actos o medidas que se realicen por disposición de autoridades competentes; y verificar y monitorear, a través del Sistema de Vehículos Secuestrados (SGV), desde la orden de secuestro de la unidad, acarreo al predio y su ingreso, debiendo cruzar la información con el sistema de gestión jurisdiccional (IURIX) o el que en el futuro se utilice, poniendo en conocimiento a la Secretaría Administrativa, de toda irregularidad o incumplimiento del “Protocolo de Actuación de Automotores Secuestrados Judicialmente”.
La Oficina además deberá confeccionar y preparar las nóminas para las subastas, venta directa y cualquier otra medida que disponga el Superior Tribunal de Justicia, debiendo mantener informado a la Secretaría Administrativa de cualquier hecho o situación vinculados con los automotores secuestrados.
El Superior Tribunal de Justicia dispuso solicitar a la Policía de la Provincia de Corrientes, para que a través de la comisaría de la jurisdicción del predio “Ex Sarpa”, continúen prestando el servicio de vigilancia y seguridad del predio, como así también sobre los vehículos secuestrados por orden judicial.
Se ordenó la continuidad de medidas anteriores vigentes y en consecuencia, disponer que por Secretaría Administrativa, oportunamente se formen actuaciones e inicien los procedimientos para la compactación, subasta pública o venta directa como chatarra de los vehículos que se encuentran en el predio a disposición del Superior Tribunal de Justicia, como así también de motos y vehículos, en estado de abandono o chatarra, sin causas judiciales en trámites y de los vehículos secuestrados por orden de un Tribunal penal.
También se solicitará a los Jueces con competencia en materia penal -con asiento en la ciudad de Corrientes-, se expidan en cada caso, a través de Resolución fundada, si tuvieren interés en mantener en guarda o sean indispensables para la resolución de las causas, sobre vehículos secuestrados anteriores y hasta el año 2017, que se encuentran en el predio “Ex Sarpa”, como así también, disponer el inmediato retiro de todo vehículo secuestrado que se encuentra en estado de abandono en las comisarías y/o lugares de depósito no autorizados por este Tribunal.
La Corte Provincial recordó la vigencia de lo previsto en el apartado 4°) del punto 11° del Acuerdo N° 22/17, en cuanto se fijó la suma de 0,75 JUS en concepto de estadía de autos, por cada mes -después del año de su custodia en el predio destinado a su guarda-, como tasa de arancel de superintendencia, en el supuesto de disponerse la entrega definitiva y que, en el caso de constatarse que la mora en la guarda del bien obedeció a la dilación del trámite de entrega o de la resolución del destino final por parte del Tribunal interviniente, serán solidariamente responsables los Secretarios y Jueces, del monto correspondiente al arancel por estadía.
Se corrió invitación a los Jueces Penales, con asiento en el Interior de la Provincia, para que en coordinación con la Secretaría Administrativa y las comisarías locales, dispongan medidas sobre el destino final de los vehículos secuestrados, como así también, el inmediato retiro de todo vehículo secuestrado que se encuentra en estado de abandono en las comisarías y/o lugares que no son aptos para el depósito.