Corrientes, miercoles 06 de mayo de 2026

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Pymes solicitan prórroga para vencimiento del programa de incentivo comercial "Ahora 12"

22-06-2020
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Foto ilustrativa

"Esta herramienta, que promueve el consumo interno dinamizando el mercado local, resulta imprescindible para dar impulso a la necesaria reactivación económica", señalan desde CAME en una carta al ministro de Desarrollo Productivo de la Nación en la cual se solicita una prórroga para el vencimiento que será el 30 de junio del programa de incentivo comercial "Ahora 12".

"Atentos al próximo vencimiento del programa de incentivo comercial "Ahora 12", previsto para el 30 de junio del corriente, desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) enviamos una carta al ministro de Desarrollo Productivo de la Nación, Matías Kulfas, solicitándole que disponga su prórroga para todo el país, bajo las mismas condiciones, teniendo en cuenta la aguda crisis que atraviesa el sector comercial", informó CAME.

"Esta herramienta, que promueve el consumo interno dinamizando el mercado local, resulta imprescindible para dar impulso a la necesaria reactivación económica que el país demandará una vez superada la pandemia, contribuyendo a la recomposición del entramado pyme en todo el territorio nacional, fortaleciendo la cadena productiva en todos sus eslabones y generando empleo de calidad", explicó a Kulfas.

Por otra parte, comunicó a las empresas que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), mediante la Resolución General 4736/2020, prorrogó la feria fiscal hasta el 28 de junio, inclusive. La norma precisa que durante la vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio se mantendrá la suspensión del cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes en distintos procedimientos administrativos.

La medida alcanza a determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos de fiscalización, entre otros. La decisión no implica ninguna modificación ni prórroga sobre los vencimientos de impuestos, ni suspende las acciones de la AFIP. No obstante, durante su vigencia quedan en suspenso el cómputo de los plazos que rigen para la respuesta de los contribuyentes a los requerimientos del organismo.

La resolución mantiene habilitados los procedimientos de fiscalización que realiza la AFIP en función de la información proporcionada por la OCDE sobre cuentas de argentinos en el exterior.