Corrientes, miercoles 29 de abril de 2026

Política País
CONGRESO DE LA NACIÓN

Impulsan proyecto para crear observatorio para pandemias y epidemias

12-06-2020
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Las diputadas nacionales por Corrientes Estela Regidor e Ingrid Jetter acompañan en el Congreso de la Nación un proyecto de ley de la diputada Virginia Cornejo para crear un Observatorio Nacional de Políticas Sanitarias en Epidemias y Pandemias con participación de Universidades Públicas y Privadas, organizaciones de la sociedad civil y áreas del Estado.

El proyecto fue elaborado por la diputada Virginia Cornejo y acompañado por los diputados Martín Grande, Héctor Stefani, Gustavo Hein, Javier Hein, Javier Campos, Carolina Castets, Jorge Enriquez, Ingrid Jetter, Estela Regidor, informó a momarandu.com este jueves la diputada Regidor.

El proyecto de Ley ordena crear un Observatorio Nacional de Políticas Sanitarias en Epidemias y Pandemias, organismo con funciones de carácter técnico que estará conformado por profesionales idóneos, con título en salud y reconocida trayectoria en el ámbito de su especialidad, asignados por quien ejerza la más alta autoridad de salud de cada jurisdicción, dos por el orden nacional, uno por cada provincia y uno por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los cuales ejercerán sus funciones ad honorem.

"Los profesionales electos como miembros del Observatorio Nacional, podrán pertenecer a los siguientes ámbitos profesionales: 1) Universidades Públicas o Privadas; centros de investigación científica, instituciones de orden terciario, que tengan por objeto el estudio y conocimiento en la materia. 2) Organizaciones de la sociedad civil que tengan especificidad en la materia y de amplia trayectoria. 3) Áreas gubernamentales con competencia especial y experiencia en la materia de al menos cinco (5) años", indica el texto de ley al que tuvo acceso este diario.

El Observatorio Nacional, propone el proyecto, estará presidido por uno de los dos integrantes que representen a la jurisdicción nacional, durarán cuatro (4) años en el cargo y serán rotativos con el otro integrante nacional, no pudiendo ejercer la presidencia ningún de ellos, dos veces en forma consecutiva.

Serán funciones del Observatorio Nacional de Políticas Sanitarias para Epidemias y Pandemias a. Garantizar el derecho del respeto a la salud humana de toda la ciudadanía consagrada en la Constitución Nacional, los tratados internacionales sobre derechos humanos y las normas nacionales; b. Liderar en forma eficaz y transparente todos los procesos de recolección, análisis, interpretación y difusión de indicadores a nivel nacional, regional y provincial; c. Proveer información pública cualitativa y cuantitativa objetiva de importancia, relevante, oportuna y de fácil manejo para apoyar y orientar las estrategias gubernamentales en la toma de decisiones; d. Diseñar, monitorear y evaluar políticas, planes, programas y proyectos en la temática de la acción médica, profilaxis y mitigación de efectos en los casos de epidemias o pandemias; e. Fomentar y promover la investigación en materia de políticas en sanidad y seguridad en caso de epidemias y pandemias en las instituciones relacionadas; f. Crear y fortalecer redes interinstitucionales en el orden público y privado que generen y procesen información vinculada a la temática; g. Difundir los estudios parciales o completos y las estadísticas serias y fundadas en que se basa los análisis de casos y soluciones efectuadas; h. Contar con la máxima capacidad técnica en el personal, procesos y productos involucrados al Observatorio, constituyendo una fuente confiable, crítica y objetiva que muestre la realidad de la política en seguridad sanitaria en caso de epidemias o pandemias en el país, i. Promover las relaciones del Observatorio Nacional para suscribir todo tipo de convenios con organismos públicos, privados nacionales e internacionales que tengan por objeto fortalecer las acciones del mismo conforme a lo previsto en la presente Ley; y j. Dictar las normas reglamentarias necesarias para el funcionamiento operativo del Observatorio.

De acuerdo al proyecto, el Consejo que integrará se reunirá ordinariamente de forma trimestral cada año calendario; cada reunión se celebrará en el lugar y fecha, con el temario a tratar y en el modo y la forma que establezca la normativa reglamentaria respectiva. Se podrán celebrar reuniones especiales cuando lo soliciten al menos siete (7) de las jurisdicciones representadas en el respectivo observatorio y en el modo y forma que considere el reglamento correspondiente.

La iniciativa, también propone invitar a todas las reuniones a expertos e invitados especiales de organismos nacionales e internacionales a los efectos de la exposición o discusión de temas relacionados con el objetivo de creación del Observatorio.

También, indica que el Ministerio de Salud y las áreas respectivas, participarán en el proceso a través de las siguientes actividades: 1. Proveer en forma accesible, por medios físicos o digitales, de toda la información nacional e internacional relacionada con la temática al Observatorio Nacional en forma permanente y constante durante todo el año calendario y disponer los recursos que sean necesarios para el cumplimiento de sus fines. 2. Participar en todas aquellas reuniones que a solicitud del Observatorio Nacional sean necesarias para analizar aspectos específicos durante la evaluación para el informe final sobre políticas y estrategias posibles en la materia.

Toda la información que elabore el Observatorio Nacional, deberá ser pública a requerimiento de entidad o persona y conforme los recaudos establecidos en la ley de información pública, dispone la iniciativa de ley. Se podrá hacer reserva de nombres e identidades cuando los investigadores o integrantes de la entidad lo requieran mediante argumentación que justifique en forma fehaciente tal solicitud.-

"La creación del Observatorio Nacional de Políticas Sanitarias para Epidemias y Pandemias, tiene como objetivo soslayar la falta de un riguroso protocolo dinámico a seguir en casos futuros donde se nos presenten este tipo de enfermedades y estar mejor preparados para poder aplicar la mejor política sanitaria y de profilaxis a fin de evitar los famosos picos de infectados y la alta mortandad que han provocado en el pasado y que también padecemos hoy por los contagios de coronavirus", se subraya en la faz argumental del proyecto.