El proyecto de reforma del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Corrientes no Se tratarâ hasta la semana que viene al menos. Se trata de una propuesta surgida del consenso y aporte de distintos sectores..
El proyecto de Código Procesal Civil y Comercial de Corrientes fue presentado a fines de noviembre de 2019, con una docena de instituciones que participaron de la redacción del anteproyecto.
La propuesta, con más de 700 artículos, fue analizado en la Comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación Provincial de la Cámara baja; que logró el consenso necesario para que el proyecto sea tratado con preferencia en la sesión de este miércoles 13 de mayo.
Se estima que el proyecto recibirá el acompañamiento y la media sanción en diputados.
EL PROYECTO
La Comisión Redactora, creada a fines de 2018, elaboró el Anteproyecto de Código con tres propósitos: a) lograr la armonización de las estructuras, instituciones y técnicas procesales con el sistema trasnacional de los derechos humanos que conforma el bloque de constitucionalidad federal en virtud de lo previsto en la Constitución Nacional (art. 75, inc. 22), y los preceptos adjetivos con marcada dosis de activismo judicial del Código Civil y Comercial de la Nación ; b) dotar a los justiciables de procesos efectivos y eficaces, fácilmente accesibles, rápidos y económicos que, con igualdad real y sin desmedro alguno de las garantías del debido proceso, les brinden un servicio de calidad que se concrete en una sentencia justa y en plazo razonable y; c) incorporar las “tecnologías de la información y comunicación” (tic ´s) para avanzar hacia el expediente digital y a la despapelización en forma gradual.
Con esos objetivos, se incorpora nuevas estructuras procesales en las que el sistema de oralidad se plasma en la ejecución de actos relevantes para establecer la solución de las controversias en plazos que se reducen por el uso de herramientas tecnológicas.
“La propuesta coadyuva a la legitimación del Poder Judicial al hacer posible la inmediación entre los jueces y los peticionarios, lo que confiere a los procesos un perfil humanizado” se explica en los fundamentos del proyecto.
La Comisión Redactora consensuó tomar como base el anteproyecto del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ─presentado en el mes de agosto de 2019, cuya facción se encomendó a una comisión de expertos en derecho procesal con reconocida trayectoria y predicamento en la doctrina y jurisprudencia argentina, quienes redactaron las “Bases para la Reforma Procesal Civil y Comercial”, por encargo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación─ aunque le introdujo significativas modificaciones.
Estos cambios han considerado ordenamientos rituales de países que han receptado la oralidad ─como España, Uruguay y Colombia, como otros locales (CPCC del Chaco, Córdoba y Santa Fe) y anteproyectos provinciales, como el de Chubut─ las normas de índole procesal contenidas en el actual Código Civil y Comercial de la Nación y la experiencia, igualmente enriquecedora, brindada por los magistrados locales desde la implementación del “Protocolo de juicio por audiencias de corrientes -procesos civiles y comerciales, laborales y contencioso administrativos” los letrados, académicos de distintos ámbitos universitarios y asociaciones de especialistas, así como la de los representantes de los trabajadores judiciales.
La propuesta tiende a lograr el equilibrio entre un razonable activismo de los jueces y el respeto a la autonomía de la voluntad de las partes, lo que implica decidir sobre las pretensiones por éstas articuladas y los hechos alegados, por un lado y, por el otro, la actuación colaborativa de ellas.
En la búsqueda de ese equilibrio, se ha mantenido el principio del impulso procesal de las partes y, teniendo especial consideración por la observancia del debido proceso, se adoptó un sistema de audiencia preliminar con presentación del caso a cargo de sus letrados y uno de apelación que permite mayor celeridad, pero al mismo tiempo amplía las posibilidades de replantear la prueba en la segunda instancia.
“La necesidad de adecuar los procesos judiciales civiles y comerciales debe erigirse en una política pública que compete al Estado Provincial para cumplir con la demanda de la sociedad civil” se resalta en el proyecto.
Agregan que la propuesta de transformación no se circunscribe a la reforma legislativa, sino que exige la atención sistémica de otras variables necesarias de relevante importancia, como la adecuación y modernización de la infraestructura judicial, la dotación sostenida de recursos materiales que garanticen la continuidad en la utilización de la tecnología y, fundamentalmente, la formación y capacitación de las personas que participan en los procesos judiciales, para permitir el avance hacia el modelo de justicia que brinde efectiva tutela al universo de los justiciables en plazo razonable.