El gobierno de Corrientes ordenó expropiar las tierras del Barrio Quilmes, donde 23 familias fueron intimadas a un desalojo esta semana, y regularizar su situación dominial, se informó a
momarandu.com
La información fue suministrada por el subsecretario de Derechos Humanos, Manuel Cuevas, y los senadores Noel Breard y Martín Martin Barrionuevo, luego de reunirse con los vecinos.
La expropiación avanzará por medio de un proyecto de ley con el apoyo del oficialismo y la oposición en las cámaras, se adelantó.
"El gobernador decidió expropiar esos terrenos. Los senadores Martín Barrionuevo y Noel Breard, quienes también recibieron los reclamos de las familias estuvieron presentes", informó esta tarde el subsecretario de Derechos Humanos de la Provincia, Manuel Cuevas.
"Como estoy encargado del programa de regularización dominial ya estoy elaborando el proyecto de ley para que firme el Gobernador, que va a ingresar en la Cámara de senadores. A la vez que me reuní después con el abogado de la propietaria, quien la semana que viene va a presentar un escrito solicitando se deje sin efecto el desalojo. Este proyecto comprende la planificación urbana. Cloacas, agua, luz, mejoramiento de hábitat, o en el caso de vivienda precaria la construcción de una nueva. Además el otorgamiento del título de propiedad", detalló a
momarandu.com.
"El gobernador Gustavo Valdés tomó la decisión política de dar solución al desalojo y lanzamiento que ordenó la justicia para el 12 de mayo de este año, donde habitan 300 personas, para lo cual hoy viernes desde las 9.30 se llevó a cabo una asamblea junto a vecinos de la que participamos junto al senador del PJ Martín Barrionuevo, al subsecretario de DDHH Manuel Cuevas, al Director de Seguridad Alimentaria Lucas Carballo y al Subsecretario de Asuntos Sociales del Municipio Marcos Hanke. Los senadores de todo el arco político presentaremos un proyecto de ley de expropiación. Primó el interés general sin lesionar derechos de propiedad", explicó el senador provincial -UCR- Noel Breard.
"Estuvimos en el barrio Quilmes, con la idea de presentar un proyecto de expropiación, porque, además, este barrio está dentro de los barrios populares de la Ley nacional 27.453, asi que fuimos con el senador Noel Breard y con Manolo Cuevas de Derechos Humanos, antes hablamos con el gobernador, para ver la viabilidad y nos dijo que trabajemos y avancemos en el tema, asi que vamos a estar presentando en conjunto con Noel y, probablemente, en conjunto con el resto de los senadores, un rpoyecto de ley de expropiación para avanzar lo antes posible en acuerdo de oposición y oficialismo", dijo a
momarandu.com el senador provincial -PJ- Martin Barrionuevo.
Según la ley nacional de RENABAP, el barrio Quilmes no puede ser desalojado, debido a que ha sido considerado barrio popular, y sus habitantes incluidos en ANSES.
A partir de su incorporación a este régimen se entiende a todos ellos como “Barrio Popular”, con características definidas en el capítulo XI del decreto 2670 del 1° de diciembre de 2015 y se los indica en proceso de integración socio urbana, por medio de acciones orientadas a la mejora y ampliación del equipamiento social y de la infraestructura, el acceso a los servicios, el tratamiento de los espacios libres y públicos, la eliminación de barreras urbanas, la mejora en la accesibilidad y conectividad, el saneamiento y mitigación ambiental, el fortalecimiento de las actividades económicas familiares, el redimensionamiento parcelario, la seguridad en la tenencia y la regularización dominial que, de acuerdo a la ley deberán ser progresivas, integrales, participativas y con enfoque de género y diversidad.
La norma, promulgada el 29 de octubre de 2018 por el Poder Ejecutivo Nacional, en su Artículo 2º, además, indica que "con el objeto de proceder a su integración urbana" se declaran "de utilidad pública y sujeta a expropiación, la totalidad de los bienes inmuebles en los que se asientan", conforme lo establece el artículo 5° de la ley 21.499.
En su artículo 3º, la Ley confiere a la Agencia de Administración de Bienes del Estado el poder de "sujeto expropiante" y le permite individualizar los bienes inmuebles a expropiar incluidos en el RENABAP, "utilizando la totalidad de la información existente, así como aquella que pudiera obtener con el objeto de la mejor identificación de los bienes inmuebles sujetos a expropiación", para lo cual deberá priorizar "aquellos bienes inmuebles respecto de los cuales se celebren los convenios establecidos en la presente ley con las provincias, municipios y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"
La declaración de utilidad pública aplica exclusivamente sobre los bienes inmuebles en los que se encuentran asentados barrios populares debidamente relevados e identificados en el RENABAP a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley y cuya propiedad no sea del Estado nacional.
A los fines de la implementación de esta ley, el Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Nación, creó un Programa de Integración Socio-Urbana con el que se determinó, y en conjunto con las jurisdicciones locales, un plan de desarrollo integral, con proyectos de integración socio-urbana, sujetos a la viabilidad técnica, ambiental y económica y a criterios de planificación urbanística y el marco legal propio de cada jurisdicción, y acciones coordinadas con los organismos y ministerios competentes, con el objeto de facilitar el acceso a los servicios públicos básicos.
La norma declara de utilidad pública y sujetos a expropiación a la totalidad de los bienes inmuebles existentes en ellos y establece el pago de cuotas no superiores al veinte por ciento (20%) del ingreso familiar.
Además suspende por el plazo de cuatro (4) años contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, las acciones y medidas procesales que conduzcan al desalojo de los bienes inmuebles incluidos en el RENABAP, tanto los sujetos a expropiación, como aquellos de propiedad del Estado nacional. La aplicación del presente artículo es de orden público.
En Corrientes, en esta misma condición, se encuentran los barrios Caritas, de Santa Ana de los Guácaras; Barrio Sapucay y Detrás del Inta, de Laguna Brava; Bajo Caridi, Barrio Esperanza, Los Astilleros, Bañado Norte, Patono 2, Virgen de los Dolores, Las del Monte, Seminario A, Itatí, Molina Punta, Ponce, Punta Taitaló, Río Paraná, Lomas del Mirador, La Calle Trento, Costa Esperanza, Serantes, La Chola, Patono 1, Villa Eragia, Paloma de la Paz, San Antonio Este, El Cocal , Barrio Ongay, Irupé, San Jorge, La Tosquera, La Olla, Galván III, Santa Marta, Quinta Ferré, Cichero, Ponce, Arazaty, Antonio Oeste, San Roque Oeste, Doctor Montaña, Pirayuí I, Tutuca, Piragine Niveyro, Mendoza al Sur, Loma Linda, Loma 2, Barrio Jardín, Barrio Anahí, Libertad, Ciudades Correntinas, Galván, Popular, Pirayuí 2, Fray José de la Quintana y Nuevo Amanecer, de Capital; Santa Margarita, Cañada Quiroz y Rincón Roa, de Riachuelo.