Corrientes, domingo 10 de mayo de 2026

Sociedad Corrientes
POR UN AÑO

Ordenan renovación provisoria de licencia de conducir supeditada a resolver problema por multas en Misiones

11-03-2020
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Foto ilustrativa

Así lo dispuso el Juzgado Civil y Comercial N°7 en el caso de un hombre que se presentó en diciembre a la Dirección de Tránsito del Municipio de la capital correntina a renovar su carnet, y se le denegó porque se le exigía que abonara multas (2017 y 2018) por infracciones en Misiones.

Un hombre acudió a la justicia a través de un amparo alegando la “violación al derecho constitucional de transitar libremente y de usar y disponer de su propiedad”.

Manifestó que había impugnado las actas de infracción a través de una Carta Documento a la Dirección General de Seguridad Vial y Turismo de Misiones porque entendía que no le fueron debidamente notificadas.

Por su parte los apoderados del Municipio sostuvieron que el libre deudo solicitado se trataba de un requisito legal y que el particular pretendía obtener la licencia de conducir sin dar cumplimiento.

La magistrada interviniente, doctora Liliana Reina, entendió que estaba frente a un caso “excepcional” y propuso una solución que conteste a esa atipicidad.

Afirmó que, teniendo en cuenta la jurisprudencia disímil al respecto, a que el particular pudo considerarse con derecho a promover la acción por vía del amparo y a que los hechos controvertidos podrían afectar derechos constitucionales, correspondía otorgar una tutela anticipada, dado que, en el caso concreto se conjugan el derecho a transitar, el derecho de defensa y debido proceso en las causas con “sentencia firme”, que se tramitan en otra jurisdicción, circunstancias que surgen del certificado aportado como prueba por el hombre.

Así, la tutela anticipada permite en este caso concreto y particular adaptar las peculiaridades de la causa con la seguridad y eficacia que se reclama o, en su caso, asegurar provisionalmente la decisión sobre el fondo.

Hizo hincapié, además, en que la constancia de remisión de Carta Documento acompañada por el amparista –en tanto instrumento público – resultaba insuficiente para probar su recepción por parte de la Dirección General de Seguridad Vial y Turismo de Misiones, la que debía ser acreditada.

Aun así, consideró que debía hacer lugar parcialmente a la tutela anticipada y ordenó que la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes renovara la licencia de conducir por un año, y que, de modo provisional no aplicara – en esta instancia – las disposiciones normativas en lo que se refiere a las multas por infracciones cometidas en la Provincia de Misiones.