Foto ilustrativa
El Poder Ejecutivo de Corrientes dispuso un importante aumento en los topes fijados por ley para para contrataciones directas, concursos de precios, licitaciones privadas y licitaciones públicas vinculadas a obras públicas. Se alega la necesidad atender el "incremento desmesurado" de los precios desde la última actualización.
La Ley N° 3.079 de Obras Públicas y su Decreto Reglamentario N° 4.800/1972, autoriza al Poder Ejecutivo a fijar anualmente los topes de contrataciones.
Así, a través del Decreto Nº122/2020 se resolvió actualizar los montos máximos correspondientes para las adjudicaciones por Licitación Pública, Licitación Privada, Concurso de Precios y Contratación Directa.
Según se destaca el fenómeno inflacionario, impactó significativamente sobre los precios de las obras, bienes y servicios, produciéndose un alza generalizada en los costos de adquisición de insumos.
Se agrega, además, el "incremento desmesurado" de los precios desde la última actualización producida a principios de 2019, por lo cual resulta necesario dictar un nuevo acto administrativo que establezca nuevos montos.
Para locaciones de obras y servicios: Contratación Directa hasta: $8.750.000; Concurso de Precios hasta: $21.000.000; Licitación Privada hasta: $70.000.000; y Licitación Pública desde: $70.000.000.
En tanto para compra de materiales y elementos: Contratación Directa hasta: $2.625.000; Concurso de Precios hasta: $3.500.000; Licitación Privada hasta: $8.750.000; y Licitación Pública desde: $8.750.000.
MONTOS ANTERIORES
Los montos vigentes hasta antes del nuevo decreto de actualización, fijados a principios de 2019, eran:
Para locaciones de obras y servicios: Contratación Directa hasta: $5.000.000; Concurso de Precios hasta: $12.000.000; Licitación Privada hasta: $40.000.000; y Licitación Pública desde: $40.000.000.
En tanto para compra de materiales y elementos: Contratación Directa hasta: $1.500.000; Concurso de Precios hasta: $2.000.000; Licitación Privada hasta: $5.000.000; y Licitación Pública desde: $5.000.000.