Especialista en Protección de Datos Personales advierte consultada por momarandu.com que Argentina en 2020 debe avanzar hacia una regulación protectoria genuina en la materia y subraya sobre el deber de revalorizar la autodeterminación informativa del titular de los datos, su derecho humano a brindar su consentimiento expreso e inequívoco a la par del debido respeto por la privacidad, la seguridad y la calidad de los datos.
Este martes 28 de enero se recordó el “Día Internacional de la Protección de Datos Personales”, una iniciativa adoptada por el Consejo de Europa y la Comisión Europea, en conmemoración de la firma del Convenio 108 “Para la protección de las personas con respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal”.
El Convenio para la Protección de las Personas con respecto al Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal, fue suscripto en la ciudad de Estrasburgo, República Francesa, el día 28 de enero de 1981, y se compone por veintisiete artículos
El Protocolo Adicional al Convenio para la Protección de las Personas con respecto al Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal, se dirige a las autoridades de control y a los flujos transfronterizos de datos, y fue suscripto en la misma ciudad el día 8 de noviembre de 2001.
En Argentina, el Cogreso de la Nación sancionó la Ley 27.483 para adherir a dicho convenio a finales del 2018 y es parte del Bureau del Comité Consultivo. La norma fue promulgada por Decreto 1197/2018 del Poder Ejecutivo Nacional el 28 de diciembre de ese mismo año.
Sin embargo, no son pocos los especialistas que indican que este tema debe ser verdaderamente tratado en profundidad por el Estado nacional y las provincias como un punto crucial en materia de derechos humanos, sin dejar de advertir que, día tras día, una de las consecuencias directas de la masificación de las prácticas digitales es que un gran número de personas ha comenzado a estar mayormente expuestas a delitos contra la integridad de sus datos personales, no solo por parte de sujetos particulares sino también por los organismos públicos.
Una de ellas, la Dra. Johanna Caterina Faliero, Doctora en Derecho con Tesis Doctoral, distinguida en Protección de Datos Personales de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires,
En noviembre pasado, Faliero, especialista en Derecho Informático y Abogada en Derecho Empresarial y Privado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, advirtió en declaraciones a momarandu.com que el procesamiento automatizado de datos conlleva la sobreexposición del titular de los datos y la exposición de sus datos, con la consecuente afectación de su identidad digital.
Momarandu.com conultó este martes a la especialista sobre los desafíos que enfrenta Argentina ante este tipo de fenómenos.
"El 2020 reclama en nuestra Argentina un giro de 180 grados de aquello que se vino haciendo y practicando de forma absolutamente deficitaria en los últimos años, en detrimento de todos nuestros derechos a la protección, intimidad, privacidad y anonimato", respondió.
2020: UNA OPORTUNIDAD PARA DAR ORIENTACIÓN A DERECHOS HUMANOS Y PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
Faliero dijo a momarandu.com que 2020 prepara para Argentina "un escenario prometedor y complejo en materia de datos personales".
Por una parte, el país encuentra "la oportunidad a nivel local de alcanzar una genuina regulación protectoria en la materia, además de ser una necesidad evidenciada hace largo en el área, es una posibilidad real de superación de los intentos fallidos de hacerlo hasta el momento, a los que le han faltado el norte de una orientación basada en derechos humanos y principios fundamentales", sostuvo.
Por otra, "2020 reclama en nuestra Argentina un giro de 180 grados de aquello que se vino haciendo y practicando de forma absolutamente deficitaria en los últimos años, en detrimento de todos nuestros derechos a la protección, intimidad, privacidad y anonimato".
La especialista opina que "2020 será el año en el que deberemos revalorizar la autodeterminación informativa del titular de los datos, su derecho a brindar su consentimiento expreso e inequívoco y como principio, el respeto por la privacidad, seguridad y calidad de los datos".
2019: UNA EXTENSA SAGA DE VIOLACIONES Y ABUSOS A LA PRIVACIDAD
Faliero también recordó que el 2019 ha dejado al país "con una extensa saga de eventos e incidentes en seguridad de la información, ciberseguridad así como violaciones sistemáticas y abusivas a la privacidad de datos de titulares de datos, usuarios, consumidores y ciudadanos, por parte no sólo del sector privado sino más tristemente del sector público, el Estado".
"Los abusos a la identidad digital de los ciudadanos por el control, la hipervigilancia del Estado, y la parametrización analítica a la que somos permanentemente sometidos, deben cambiar, y es tiempo ya de iniciar ese proceso, el que lejos de ser fácil va a requerir del compromiso de todos nosotros", sostuvo.
La Dra. Johanna Caterina Faliero además de especialista distinguida en Protección de Datos Personales es consultora Internacional, Asesora y Representante Legal Especializada para Argentina, LATAM, Caribe y UE en Derecho Informático, Data Privacy, Data Protection, Data Governance, Compliance, Infosecurity, Ciberseguridad, Criptomonedas, Blockchain Technology, Smart Contracts, entre otros temas.
También Es Directora de Faliero Attorneys At Law, directora de Posgrados y Profesora (F. Derecho UBA, F. Ingeniería UNDEF, F. Derecho USAL, F. Ingeniería y Derecho UP, F. Ingeniería y Derecho UCA, ADACSI-ISACA Bs.As. Chapter, Etc.) e investigadora Adscripta del Inst. Gioja, UBACyT, DeCyT y Pii.
La Dra. Johanna Caterina Faliero además ha publicado tres libros: “El derecho al anonimato: revolucionando el paradigma de protección en tiempos de la posprivacidad ” (Editorial Ad Hoc – Año 2019), entre otros. Disertante nacional e internacional.
CONVENIO PARA LA PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS CON RESPECTO AL TRATAMIENTO AUTOMATIZADO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
El Convenio de protección de las personas con respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal, En Argentina Ley Nº 27483, garantiza en Argentina y en el resto de los países tu derecho sobre los datos que afectan tu vida privada
El convenio se firmó para garantizar a todas las personas el respeto de sus derechos y libertades fundamentales, especialmente el derecho a la vida privada en relación con sus datos personales. La protección alcanza a todas las personas que están en el territorio de alguno de los Estados parte del Convenio, sin que importe su nacionalidad o país de residencia.
Los datos personales son la información de cualquier tipo relacionada con una persona. Cuando los datos personales están en un fichero automatizado, son datos que pueden ser tratados en forma automatizada.
Por tratamiento automatizado de datos personales, se refiere a procesos que, actualmente, alcanzan a registro de datos, aplicación de operaciones lógicas aritméticas a esos datos, modificación de datos, borrado de datos, extracción de datos y difusión de datos.
El convenio impone obligaciones a los ficheros de datos públicos y a los los ficheros de datos privados en el tratamiento automatizado de datos personales.
En relación al tipo de datos que se pueden registrar, las obligaciones son:
-Los datos registrados deben ser adecuados, pertinentes y no excesivos en relación con la finalidad para la que se registraron.
-Los datos deben ser exactos y actualizados.
-Los datos deben ser conservados de una manera que permita identificar a la persona dueña de esos datos por un tiempo no mayor al necesario para cumplir la finalidad del registro.
En relación al tratamiento de esos personales, las obligaciones son:
-Obtener y tratar los datos de una manera leal y legítima.
-Registrar los datos para finalidades determinadas y legítimas.
-No usar los datos de manera incompatible con las finalidades para las que fueron registrados.
-Tomar medidas para proteger los datos contra su posible destrucción o pérdida.
-Tomar medidas para proteger los datos contra el acceso, modificación o difusión no autorizados.
Además, no todos los datos personales pueden ser tratatados automáticamente.
No se pueden tratar automáticamente los datos que revelen: Origen racial, Opiniones políticas, Convicciones religiosas o de otro tipo, Datos personales relacionados con la salud, Datos personales relacionados con la vida sexual y Condenas penales.
Estos datos sólo pueden ser tratados automáticamente cuando el derecho interno de cada país da garantías adecuadas.
Por otra parte, el convenio garantiza el cumplimiento de los derechos de las personas en relación a sus datos personales. Cualquier persona tiene derecho a:
-Conocer la existencia de un fichero automatizado de datos personales, su finalidad y la identidad de la autoridad controladora del fichero.
-Obtener sin demora ni gastos excesivos información sobre si en el fichero existen datos sobre su persona. Tiene derecho a recibir información en forma clara.
-Obtener la rectificación o el borrado de sus datos si fueron tratados en contra de las normas sobre protección de datos personales.
-Contar con un recurso cuando no se le da la información o no se atiende su pedido de rectificación o borrado de datos.