Corrientes, sábado 25 de abril de 2026

Política Corrientes
PASO DE LA PATRIA

Intendente Osnaghi veta Presupuesto por exceder el Concejo en $ 1 millón y medio lo que le autoriza la Constitución

29-12-2019
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El intendente de Paso de la Patria Guillermo A. Osnaghi vetó el Presupuesto 2020 para la Municipalidad de Paso de la Patria por haber excedido en su análisis el Concejo Deliberante de la Ciudad la suma de 1.524.207,84 de

pesos por sobre la suma que la Constitución de la Provincia le autoriza aprobar para su propio funcionamiento.

El intendente de Paso de la Patria, Guillermo A. Osnaghi, vetó el Presupuesto 2020 para la Municipalidad de Paso de la Patria por haber excedido el Concejo Deliberante en su análisis la suma de 1.524.207,84 de pesos por sobre la suma que la ConstituciÒn de la Provincia le autoriza aprobar para su propio funcionamiento.

El veto del intendente Osnaghi indica que, al aprobar 7.098.365 para su propio funcionamiento, el Concejo Deliberante de la Ciudad ha excedido los montos designados para el cuerpo deliberante por Carta Orgánica de Paso de la Patria, los cuales deben ser calculados en 5.574.157,16 pesos.

"El Proyecto de ordenanza N° 438/19 aprobado por el Concejo Deliberante de Paso de la Patria aprueba el presupuesto del mencionado Departamento del Municipio", considera el documento.

No obstante, aclara que el Concejo Deliberante ha aprobado "su presupuesto por un total de $ 7.098.365 (pesos siete millones noventa y ocho mil trescientos sesenta y cinco)".

Luego, recuerda que el Proyecto de Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos elaborado desde el Departamento Ejecutivo, "el cual fuera presentado al Concejo Deliberante el 30 de octubre de 2019, fijó para el ejercicio fiscal 2020 la suma total de $ 157.092.929,09 (pesos ciento cincuenta y siete millones noventa y dos mil novecientos noventa y nueve con 09/100), correspondiéndole al Concejo Deliberante la suma de $ 5.574.157,16 (pesos: cinco millones quinientos setenta y cuatro mil ciento cincuenta y siete con 16/100)"

Y subraya que es el Departamento Ejecutivo "quien por disposición de lo establecido en la Carta Orgánica en sus artículos: 76 incisos 18 y 94 inciso 24 quien debe confeccionar el Proyecto de Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos.

"Bajo ningún concepto el Presupuesto del Concejo Deliberante debe exceder lo que dispone el artículo 231 de la Constitución de la Provincia de Corrientes “… El presupuesto de gastos del Concejo Deliberante, que goza de autarquía financiera, no puede superar en total y por todo concepto el cuatro por ciento (4%) de recursos corrientes del municipio.”, continúa.

El Proyecto de Ordenanza N° 438 "es contrario a lo normado en la Carta Magna Provincial, por lo que primeramente se debe aprobar el Proyecto General del Municipio, en el cual se determinara los montos que le corresponde al Concejo Deliberante", precisa.

El veto es ordenado bajo amparo del artículo 81° tercer párrafo establece de la Carta Orgánica municipal, por el cual el proyecto emitido por el Departamento Ejecutivo, vuelve con sus objeciones al Concejo Deliberante.