Corrientes, martes 12 de mayo de 2026

Sociedad Corrientes
JUBILACIÓN DE CARLOS VALLEJOS

Gobierno deberá proponer nuevo integrante del Tribunal de Cuentas

25-10-2019
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El contador Carlos Alberto Vallejos, vocal del Tribunal de Cuentas de Corrientes dejará ese organismo de contralor desde el 1 de diciembre, a raíz de su jubilación, por lo cual el Poder Ejecutivo deberá designar un nuevo integrante de ese cuerpo.

Tras muchos años sin la totalidad de sus integrantes, desde febrero de 2018, con la asunción de Laura Vischi, el Tribunal de Cuentas de Corrientes quedó conformado plenamente con cinco integrantes como lo establece la ley.

Pero, ahora, se conoció una Acordada del Tribunal de Cuentas en el que se acepta la renuncia del vocal Carlos Vallejos para hacer uso de la jubilación ordinaria.

Vallejos ha presidido el Tribunal de Cuentas en los siguientes períodos:

- 01/04/2008 al 31/03/2009
- 01/04/2011 al 31/03/2012
- 01/04/2012 al 31/03/2013
- 01/12/2013 al 31/12/2013
- 01/01/2014 al 31/12/2014
- 01/01/2015 al 31/12/2015

Así, con la renuncia de Vallejos a partir del 1 de diciembre, el Ejecutivo deberá designar un nuevo integrante.

Actualmente, el Tribunal está integrado por el presidente Dr. José Luis María Ramírez Alegre y los vocales Dra. Laura Cristina Vischi, Cr. Rubén Alfredo Ojeda, Cr. Jorge Osiris Galarza y el renunciante Cr. Carlos Alberto Jesús Vallejos.

Según el Artículo 134 de la Constitución, el Tribunal está integrado por cinco (5) miembros, dos (2) de ellos con título de abogado y tres (3) de contador público. Son designados por el Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado.

Según la Constitución, el Tribunal de Cuentas de Corrientes es un órgano de la Constitución de la Provincia creado para ejercer el control externo de la Hacienda Pública Provincial.

Tiene como misión aprobar o desaprobar la percepción e inversión de caudales públicos realizados por los funcionarios, empleados, administradores de la Provincia, y de los sujetos privados a los que se haya confiado la administración de fondos públicos provinciales. Asimismo, debe informar sobre la cuenta general del ejercicio, a fin de que la Legislatura ejerza la facultad que le confiere la Constitución Provincial.

Los miembros del Tribunal de Cuentas son inamovibles mientras dure su buena conducta y sólo pueden ser removidos por juicio político. Tienen iguales inhabilidades, incompatibilidades, derechos e inmunidades que los miembros del Superior Tribunal de Justicia.