Corrientes, miercoles 13 de mayo de 2026

Sociedad Corrientes
NUEVO PROCEDIMIENTO

Municipalidad destinará partida de 500 mil mensuales para pagar deudas judiciales

12-10-2019
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El Ejecutivo Municipal de Corrientes aprobó un nuevo procedimiento para el pago de deudas judiciales, que priorizará el orden cronológico de las notificaciones o situación de vulnerabilidad del acreedor. Se dispuso una partida de 500 mil pesos mensuales para ir saldando las deudas judiciales.

La medida fue tomada a través de la Resolución Nº 2779/19, publicada recientemente en el Boletín Oficial de la Municipalidad y busca aportar equidad al pago de las deudas comunales.


En junio de 2015 por medio de la Resolución N° 1536 se aprobaron los formularios para reclamos de deudas de capital y honorarios, pero la actual gestión municipal consideró necesario su modificación, con el objetivo de las políticas públicas municipales actuar conforme a los principios de legalidad, razonabilidad y proporcionalidad.

En ese sentido, el Ejecutivo Municipal modificó el procedimiento de pago, y estableció que se destine una partida presupuestaria mensual, por un monto de $500.000 para el pago y cancelación de los pasivos judiciales a fin de su regularización y saneamiento.

La partida presupuestaria determinada por la presente se subdividirá en un cuenta de $200.000 para saldar deudas de aquellos acreedores que incluyan intereses y de $300.000 para cancelar pasivos judiciales de acreedores que renuncien a intereses conforme formularios presentados.

Los recursos presupuestarios determinados por la resolución deberán incluirse dentro del ítem o rubro “Aplicaciones Financieras- Disminución de Otros Pasivos” correspondientes al ejercicio presupuestario vigente o siguiente.

La prelación en la nómina de pasivos judiciales, será establecida en virtud al orden cronológico de acuerdo a la fecha de notificación a la Municipalidad.

Sin perjuicio de lo determinado en el artículo anterior, en los supuestos en lo que el acreedor acredite una situación de especial vulnerabilidad y ante petición expresa del particular interesado, y ante otras circunstancias del caso concreto debidamente ponderados por la autoridad pública, se podrá optar por el preferente pago total o parcial del crédito.

En los casos en que se acredite un error en el orden de prelación para el pago de los pasivos judiciales, a pedido de parte y acompañando la documentación respaldatoria exigida por la Resolución N° 1536 de fecha 22 de Junio de 2015, se procederá a un reordenamiento de la nómina.

Se delega conjuntamente en la Secretaria de Hacienda y Secretaría de Coordinación de Gobierno la autorización y los pagos mensuales correspondientes a pasivos judiciales.

Según se explica desde la comuna, la Ley N° 25973 declara aplicable en beneficio de los municipios y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en relación a los fondos públicos que les pertenecen, el régimen de inembargabilidad. La Ley N° 5689, adhiere al régimen mencionado para la Provincia de Corrientes, en tanto la Ordenanza N° 4267 adhiere a la Municipalidad de Corrientes, sus organismos autárquicos, la Caja Municipal de Préstamos a la Ley Provincial N° 5689 y al Decreto Provincial N° 2787/05.

En tanto, la Ordenanza N° 4524 establece el procedimiento en caso que existieren pronunciamientos judiciales, que condenen a la Municipalidad al pago de una suma de dinero. Que, dichos importes se deberán abonar del concepto de "Disminución de Otros Pasivos", tal y como lo estipula el Presupuesto Municipal.