En el marco del Consenso Fiscal firmado en 2017 con el Estado Nacional, el Gobierno provincial oficializó recientemente las rebajas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para las actividades de Transporte y Construcción.
La medida del Gobierno provincial se conoció a través del Decreto N°1213 publicado recientemente en el Boletín Oficial.
Cabe recordar que con fecha 16 de noviembre de 2017, el Estado Nacional, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las
Provincias (con excepción de San Luis) suscribieron un Consenso Fiscal, el que fue aprobado por la Ley Nacional
N° 27.429, y por la Ley Provincial N° 6.434.
En dicho acuerdo, las Provincias se comprometieron
a establecer un determinado tratamiento tributario a
ciertas actividades, según un cronograma establecido,
obligándose la Provincia de Corrientes entre los distintos
compromisos, en el apartado relativo al impuesto sobre
los ingresos brutos, inciso d), el cual expresa “Establecer
exenciones y aplicar alícuotas del impuesto no superiores a
las que para cada actividad y periodo se detalla en el anexo
I de este consenso”.
Dicho anexo para el año 2019
establece un tope de alícuota del 2 % para la actividad de
transporte y del 2,50 % para la actividad de construcción.
En esa linea, la Ley Provincial N° 6.434 autorizó al Poder Ejecutivo Provincial a disponer todas las medidas y dictar las
normas necesarias para dar cumplimiento a los
compromisos asumidos en el Consenso Fiscal.
En ese sentido, se fijaron las nuevas alícuotas especiales
del impuesto sobre los ingresos brutos para el Transporte: 2,00 % y para
Construcción: 2,50 %.