Se presentó a la Cámara de Diputados provincial un reclamo del Colegio Público de Abogados de la Primera Circunscripción Judicial de Corrientes por la que plantea la irregularidad de la medida del Superior Tribunal de Justicia al implementar el “Protocolo de juicio por audiencias de Corrientes".
Señalan que están de acuerdo con la medida, pero cuestionan que por medio de una "acordada" se cambian normas procesales que debe aprobarla el Poder Legislativo.
El Colegio Público de Abogados de la Primera Circunscripción Judicial de Corrientes comunicó a la Legislatura que por Resolución de fecha 15/5/2019, solicitó al Superior Tribunal de Justicia deje sin efecto el punto Nº 14 del Acuerdo Nº 11/19 “Protocolo de juicio por audiencias de Corrientes - Procesos Civiles y Comerciales, Laborales y Contencioso Administrativos”.
Se trata de un planteo sobre el cual ya se había expresado también el Consejo Superior de Colegio de Abogados, y que discute que se apruebe un “Protocolo” que introduce modificaciones a normas procesales vigentes, las cuales no pueden ser reformadas sino por el órgano que la Constitución establece para ello, que no es otro que el Poder Legislativo.
Desde el Colegio de Abogados de la principal circunscripción indican que comparten los fundamentos que llevan a propiciar la implementación de la oralidad efectiva de los procesos civiles, laborales y contenciosos administrativos, ya que logrará contribuir y propiciar un mejor servicio de justicia en todo el ámbito de la Provincia de Corrientes. Pero objeta "de manera categórica" el modo escogido para su implementación, a través de un Acuerdo del Superior Tribunal de Justicia.
Sostienen que la medida del Superior Tribunal implica arrogarse facultades que naturalmente corresponden al Poder Legislativo.
El Colegio de Abogados adjuntó además una nota de la Federación Argentina de Colegios de Abogados que respalda el reclamo.
Sostienen que la implementación debe ser efectuada dentro del marco de legalidad que debe imperar en todos los ámbitos de actuación de un Poder del Estado, respetuoso del principio de división de poderes que las provincias se han comprometido a garantizar.