Según una resolución publicada en el Boletín Oficial, las empresas que ofrecen servicios de comunicaciones móviles deberán compartir infraestructura para la prestación del servicio en rutas y localidades de entre 500 y 10.000 habitantes.
T Esta medida establece un plazo de extensión de 180 días dentro de los cuales los convenios deberán estar operativos y durante el plazo fijado para el cumplimiento de sus obligaciones de despliegue y cobertura de red.
Los acuerdos deberán presentarse ante el Ente Nacional de Comunicaciones dentro de los treinta (30) días posteriores y se observarán las siguientes condiciones:
-Contemplar la totalidad de las prestaciones y servicios, y garantizar idéntica calidad que aquellos brindados por el prestador titular de la red local a sus propios clientes, no pudiendo limitarse a algunos de ellos o discriminar servicios.
-Respetar los principios de la sana competencia y establecer que el precio de los servicios a los usuarios itinerantes, no podrá ser modificado por cargos en concepto de uso de red local o cualquier otro cargo adicional.
Esta medida forma parte del Plan Nacional de Telecomunicaciones y Conectividad que establece un nuevo cronograma de despliegue 4G para que alrededor de 2790 municipios -que representan el 93% de la población- estén conectados a internet móvil para final del 2019. Esto incluye el despliegue en 9.961km de rutas y 200 pequeñas localidades turísticas y productivas que hoy no cuentan con internet móvil de calidad.